{"id":15625,"date":"2020-07-14T17:06:40","date_gmt":"2020-07-14T15:06:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=15625\/"},"modified":"2020-07-14T17:17:26","modified_gmt":"2020-07-14T15:17:26","slug":"se-declara-inconstitucional-la-regulacion-de-los-pagos-fraccionados-en-el-impuesto-sobre-sociedades-para-grandes-empresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/se-declara-inconstitucional-la-regulacion-de-los-pagos-fraccionados-en-el-impuesto-sobre-sociedades-para-grandes-empresas\/","title":{"rendered":"Se Declara Inconstitucional la Regulaci\u00f3n de los Pagos Fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades para Grandes Empresas"},"content":{"rendered":"<p>Le informamos que a trav\u00e9s de una nota de prensa el Tribunal Constitucional informa de que ha estimado por unanimidad, la\u00a0cuesti\u00f3n de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional sobre la regulaci\u00f3n de los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades aprobada por el\u00a0Real Decreto-ley 2\/2016, de 30 de septiembre, que estableci\u00f3 el pago fraccionado m\u00ednimo para las denominadas \u00ab\u00a0grandes empresas\u00a0\u00bb.<\/p>\n<p>Dicha norma introdujo una serie de\u00a0modificaciones en el c\u00e1lculo del pago fraccionado de las empresas con facturaci\u00f3n superior a 10 millones de euros,\u00a0para las que se incrementaba el importe del pago, fij\u00e1ndose para el mismo una cuant\u00eda m\u00ednima del 23% del resultado contable, sin otros ajustes.<\/p>\n<p>La sentencia aborda, en primer lugar, la posible vulneraci\u00f3n de los l\u00edmites materiales del Real Decreto-ley. En concreto, la Audiencia Nacional planteaba la vulneraci\u00f3n del art. 86.1 CE, ya que el decreto-ley no puede afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el T\u00edtulo I, entre los que se encuentra el \u00ab\u00a0deber de contribuir al sostenimiento de los gastos p\u00fablicos\u00a0\u00bb del art. 31.1 CE.<\/p>\n<p>Aplicando la doctrina constitucional sobre los l\u00edmites de los Reales Decretos-leyes en el \u00e1mbito tributario, la sentencia razona que, por el tributo afectado, que es uno de los principales del sistema tributario espa\u00f1ol, y por la entidad de la modificaci\u00f3n que se introduce en \u00e9l, que alcanza a los elementos principales del pago fraccionado, se afecta al deber de contribuir.<\/p>\n<p>La medida controvertida no incide en la cuant\u00eda final del impuesto, sino que se refiere a un pago a cuenta,\u00a0pero el Tribunal enfatiza que afecta de forma sustancial a su cuantificaci\u00f3n y lo hace respecto de las empresas de mayor tama\u00f1o que, aunque relativamente pocas en n\u00famero, son las que aportan m\u00e1s de la mitad de la recaudaci\u00f3n del impuesto.<\/p>\n<p>Si bien la cuesti\u00f3n de inconstitucionalidad tambi\u00e9n planteaba la posible vulneraci\u00f3n del principio de capacidad econ\u00f3mica, el Tribunal no aborda esta tacha, al estimar el primer motivo sobre el uso del decreto-ley.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, como en otras ocasiones, la sentencia declara que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en ella ni las decididas mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada (art.\u00a040.1\u00a0LOTC), ni tampoco, en este caso concreto, por exigencia del principio de seguridad jur\u00eddica (art. 9.3 CE), las consolidadas en v\u00eda administrativa por no haber sido impugnadas en tiempo y forma.<\/p>\n<p>En los pr\u00f3ximos d\u00edas se notificar\u00e1 la sentencia y conoceremos su contenido \u00edntegro, del que le daremos debida cuenta.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis del texto de la sentencia ser\u00e1 muy relevante para conocer si los vicios de inconstitucionalidad apreciados por el Tribunal Constitucional podr\u00edan resultar trasladables al Real Decreto Ley 3\/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el \u00e1mbito tributario dirigidas a la consolidaci\u00f3n de las finanzas p\u00fablicas y otras medidas urgentes en materia social.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 14 de julio de 2020<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le informamos que a trav\u00e9s de una nota de prensa el Tribunal Constitucional informa de que ha estimado por unanimidad, la\u00a0cuesti\u00f3n de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional sobre la regulaci\u00f3n de los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades aprobada por el\u00a0Real Decreto-ley 2\/2016, de 30 de septiembre, que&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":15383,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[91],"class_list":["post-15625","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-fiscal-contable","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15625","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15625"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15625\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15383"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15625"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15625"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15625"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}