{"id":16374,"date":"2021-02-11T12:33:09","date_gmt":"2021-02-11T11:33:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=16374\/"},"modified":"2021-02-11T12:39:21","modified_gmt":"2021-02-11T11:39:21","slug":"covid-19-se-permiten-las-reuniones-telematicas-o-por-escrito-y-sin-sesion-para-organos-de-administracion-y-gestion-de-personas-juridicas-civiles-y-mercantiles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/covid-19-se-permiten-las-reuniones-telematicas-o-por-escrito-y-sin-sesion-para-organos-de-administracion-y-gestion-de-personas-juridicas-civiles-y-mercantiles\/","title":{"rendered":"COVID-19: Se permiten las reuniones telem\u00e1ticas o por escrito y sin sesi\u00f3n para \u00f3rganos de administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de personas jur\u00eddicas civiles y mercantiles"},"content":{"rendered":"<p>Le informamos que el pasado 27 de enero, el BOE publicaba el Real Decreto-ley 2\/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidaci\u00f3n de medidas sociales en defensa del empleo que, entre otras medidas,\u00a0<strong>trae consigo la ampliaci\u00f3n de las medidas en apoyo a la solvencia empresarial<\/strong>\u00a0que en su d\u00eda fueron establecidas mediante el Real Decreto-ley 34\/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energ\u00e9tico, y en materia tributaria.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s destacable de las nuevas medidas es que\u00a0<strong>con car\u00e1cter excepcional para el 2021 los \u00f3rganos de gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de las personas jur\u00eddicas civiles y mercantiles podr\u00e1n celebrarse por medios telef\u00f3nicos, telem\u00e1ticos o por escrito<\/strong>, aunque no est\u00e9 expresamente previsto en sus estatutos.<\/p>\n<p>En concreto, la\u00a0<strong>disposici\u00f3n final s\u00e9ptima<\/strong>\u00a0del Real Decreto-ley 2\/2021, de 26 de enero establece:<\/p>\n<p>\u00ab\u00a0Excepcionalmente durante el a\u00f1o 2021, <strong>aunque los estatutos no lo hubieran previsto<\/strong>, <strong>las sesiones de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles, y del consejo rector de las sociedades cooperativas<\/strong> podr\u00e1n celebrarse por videoconferencia o por conferencia telef\u00f3nica m\u00faltiple, siempre que todos los miembros del \u00f3rgano dispongan de los medios necesarios, el secretario del \u00f3rgano reconozca su identidad, y as\u00ed lo exprese en el acta, que remitir\u00e1 de inmediato a las direcciones de correo electr\u00f3nico de cada uno de los concurrentes. La misma regla ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a las comisiones delegadas y a las dem\u00e1s comisiones obligatorias o voluntarias que tuviera constituidas. La sesi\u00f3n se entender\u00e1 celebrada en el domicilio de la persona jur\u00eddica\u00a0\u00bb.<\/p>\n<p>Por otro lado, y tambi\u00e9n con car\u00e1cter excepcional para todo el a\u00f1o 2021,\u00a0<strong>los acuerdos de las sociedades civiles y mercantiles podr\u00e1n adoptarse mediante votaci\u00f3n por escrito y sin sesi\u00f3n, por decisi\u00f3n del presidente cuando lo solicite, al menos, dos de los miembros del \u00f3rgano<\/strong>, aunque no est\u00e9 previsto expresamente en los estatutos. Concretamente se establece que:<\/p>\n<p>\u00ab\u00a0Excepcionalmente durante el a\u00f1o 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, los acuerdos de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles, del consejo rector de las sociedades cooperativas y del patronato de las fundaciones podr\u00e1n adoptarse mediante votaci\u00f3n por escrito y sin sesi\u00f3n siempre que lo decida el presidente y deber\u00e1n adoptarse as\u00ed cuando lo solicite, al menos, dos de los miembros del \u00f3rgano. La misma regla ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a las comisiones delegadas y a las dem\u00e1s comisiones obligatorias o voluntarias que tuviera constituidas. La sesi\u00f3n se entender\u00e1 celebrada en el domicilio social. Ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a todos estos acuerdos lo establecido en el art\u00edculo 100 del Real Decreto 1784\/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, aunque no se trate de sociedades mercantiles\u00a0\u00bb.<\/p>\n<p>En cuanto a la documentaci\u00f3n necesaria en la adopci\u00f3n de los acuerdos sociales en supuestos especiales como el que se plantea, la disposici\u00f3n final s\u00e9ptima del Real Decreto-ley 2\/2021, de 26 de enero, nos remite al Reglamento del Registro Mercantil por lo que las personas con facultad de certificar dejar\u00e1n constancia en acta de los acuerdos adoptados, expresando el nombre de los socios o, en su caso, de los administradores, y el sistema seguido para formar la voluntad del \u00f3rgano social de que se trate, con indicaci\u00f3n del voto emitido por cada uno de ellos.<\/p>\n<p>En este caso, se considerar\u00e1 que los acuerdos han sido adoptados en el lugar del domicilio social y en la fecha de recepci\u00f3n del \u00faltimo de los votos emitidos. Adem\u00e1s, al tratarse de acuerdos del \u00f3rgano de administraci\u00f3n adoptados por escrito y sin sesi\u00f3n, se expresar\u00e1 que ning\u00fan miembro del mismo se ha opuesto a este procedimiento.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 11 de febrero de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le informamos que el pasado 27 de enero, el BOE publicaba el Real Decreto-ley 2\/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidaci\u00f3n de medidas sociales en defensa del empleo que, entre otras medidas,\u00a0trae consigo la ampliaci\u00f3n de las medidas en apoyo a la solvencia empresarial\u00a0que en su d\u00eda fueron establecidas mediante el Real Decreto-ley&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":9884,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[158,1],"tags":[],"class_list":["post-16374","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-covid-19","category-noticias","category-158","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16374","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16374"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16374\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9884"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16374"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16374"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16374"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}