{"id":16700,"date":"2021-05-27T10:09:18","date_gmt":"2021-05-27T08:09:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=16700\/"},"modified":"2021-05-27T10:20:52","modified_gmt":"2021-05-27T08:20:52","slug":"participaciones-privilegiadas-en-la-sociedad-mercantil-que-debemos-saber","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/participaciones-privilegiadas-en-la-sociedad-mercantil-que-debemos-saber\/","title":{"rendered":"Participaciones privilegiadas en la sociedad mercantil \u00bfQu\u00e9 debemos saber?"},"content":{"rendered":"<p>La mayor parte de las sociedades no explotan las posibilidades que ofrece la autonom\u00eda de la voluntad a la hora de modular y personalizar, estatutaria o parasocialmente, el contrato social. Vamos a ver qu\u00e9 son las participaciones privilegiadas.<\/p>\n<p>Todas las acciones o participaciones de una empresa otorgan los mismos derechos a los socios. No obstante, la ley permite que algunas, las acciones o participaciones privilegiadas, dependiendo si estamos ante una sociedad an\u00f3nima o sociedad limitada, puedan atribuir derechos diferentes las cuales pueden otorgar derechos extra a sus titulares, como la <strong>posibilidad de voto o preferencia en los derechos econ\u00f3micos que afecten al reparto de los dividendos.<\/strong><\/p>\n<p>La atribuci\u00f3n de privilegios a una clase de acciones o participaciones suele estar justificada por diversas circunstancias. Por ejemplo, porque un socio asume un riesgo superior por invertir en una de las fases m\u00e1s tempranas de la vida de la empresa, o bien, porque arriesga m\u00e1s dinero que los otros socios en un momento en que la empresa lo necesita, etc.<\/p>\n<p>La teor\u00eda dice que el\u00a0valor de las participaciones sociales\u00a0se calcula dividiendo el capital total de la sociedad entre el n\u00famero de dichas participaciones.<\/p>\n<p>Sin embargo, en la pr\u00e1ctica, en el valor de las participaciones se incluyen otra serie de factores. Por tanto, la manera de calcular su valor ser\u00eda calcular el valor total de la empresa entre el n\u00famero de acciones, en el momento de su transmisi\u00f3n, incluyendo las consideraciones pertinentes sobre su proyecci\u00f3n a corto, medio o largo plazo, entre otros factores a tener en cuenta.<\/p>\n<h2>Ventajas de las participaciones privilegiadas<\/h2>\n<p>Las ventajas que dan las participaciones privilegiadas pueden ser de varios tipos. Estos privilegios pueden ser econ\u00f3micos y consistir en el cobro de un dividendo preferente si la empresa tiene beneficios; \u00a0en establecer un dividendo preferente y fijo y para el caso que no se pueda satisfacer en el ejercicio, se acumule para ejercicios posteriores; Fijar un porcentaje de beneficios repartibles para distribuirlas \u00fanicamente entre unas participaciones determinadas, as\u00ed como establecer a unas participaciones un % de dividendos respecto a las ganancias de un mismo ejercicio, sin acumulaci\u00f3n en los posteriores.<\/p>\n<p>Con respecto a las ventajas relativas a la cuota de liquidaci\u00f3n, las participaciones privilegiadas pueden dar un derecho prioritario para el reembolso de la cuota respecto a las ordinarias o bien un derecho a una cuota superior en el reparto.<\/p>\n<p>Esto s\u00ed, mucho cuidado en adoptar acuerdos que afecten a los derechos individuales de los socios porque el Registrador podr\u00eda negarse a inscribir el acuerdo de creaci\u00f3n de las participaciones privilegiadas.<\/p>\n<p>En este sentido, si la creaci\u00f3n de las participaciones privilegiadas afectase a los derechos individuales de los socios, en cuanto que ata\u00f1e al contenido del derecho participar en el\u00a0reparto\u00a0de las\u00a0ganancias\u00a0sociales, est\u00e1s s\u00f3lo ser\u00edan v\u00e1lidas si existiera el consentimiento\u00a0de todos los socios afectados. En caso contrario su inscripci\u00f3n podr\u00eda ser denegada por el Registro Mercantil pertinente.<\/p>\n<p>Las\u00a0restricciones a la transmisi\u00f3n de participaciones\u00a0son mucho mayores que la transmisi\u00f3n de las acciones. Solo se pueden transferir libremente entre socios, c\u00f3nyuges ascendientes o descendientes. Para transmitir participaciones a una persona ajena a la sociedad se requiere notificar la intenci\u00f3n al resto de socios y que \u00e9stos lo aprueben en Junta General.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 27 de mayo de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La mayor parte de las sociedades no explotan las posibilidades que ofrece la autonom\u00eda de la voluntad a la hora de modular y personalizar, estatutaria o parasocialmente, el contrato social. 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