{"id":16731,"date":"2021-06-15T09:44:28","date_gmt":"2021-06-15T07:44:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=16731\/"},"modified":"2021-06-15T09:55:38","modified_gmt":"2021-06-15T07:55:38","slug":"empresas-y-trabajadores-han-de-cumplir-las-nuevas-obligaciones-de-la-ley-de-proteccion-a-la-infancia-frente-a-la-violencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/empresas-y-trabajadores-han-de-cumplir-las-nuevas-obligaciones-de-la-ley-de-proteccion-a-la-infancia-frente-a-la-violencia\/","title":{"rendered":"Empresas y trabajadores han de cumplir las nuevas obligaciones de la Ley de protecci\u00f3n a la infancia frente a la violencia"},"content":{"rendered":"<p>Le informamos que en el BOE del 5 de junio se ha publicado la\u00a0<em>Ley org\u00e1nica 8\/2021, de 4 de junio,\u00a0de protecci\u00f3n integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.<\/em><\/p>\n<p><strong>Las<\/strong>\u00a0<strong>medidas<\/strong>\u00a0articuladas para garantizar los derechos fundamentales de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes a su integridad f\u00edsica, ps\u00edquica, psicol\u00f3gica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad,\u00a0<strong>afectan a todos los \u00e1mbitos<\/strong>\u00a0<strong>en los que se desarrolla su vida<\/strong>, incluyendo la sensibilizaci\u00f3n, la prevenci\u00f3n, la detecci\u00f3n precoz, la protecci\u00f3n y la reparaci\u00f3n del da\u00f1o en todos ellos.<\/p>\n<p>Ese conjunto de medidas,\u00a0<strong>de aplicaci\u00f3n a<\/strong>\u00a0las personas menores de edad que se encuentren en territorio espa\u00f1ol, con independencia de su nacionalidad y de su situaci\u00f3n administrativa de residencia, y a los menores de nacionalidad espa\u00f1ola en el exterior, comprenden el establecimiento de una serie de\u00a0<strong>obligaciones<\/strong>\u00a0que ser\u00e1n\u00a0<strong>exigibles a<\/strong>\u00a0todas las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, que act\u00faen o se encuentren en territorio espa\u00f1ol, entendiendo que las personas jur\u00eddicas se encuentran en territorio espa\u00f1ol cuando tengan en \u00e9l domicilio social, sede de direcci\u00f3n efectiva, sucursal, delegaci\u00f3n o establecimiento de cualquier naturaleza.<\/p>\n<p>Vamos\u00a0 a ver algunas de las medias que entrar\u00e1n en vigor el pr\u00f3ximo\u00a0<strong>25 de junio de 2021:<\/strong><\/p>\n<h3>1.Se regula el requisito de no haber cometido delitos contra la libertad o indemnidad sexuales o de trata de seres humanos para desarrollar actividades por cuenta ajena, por cuenta propia o de voluntariado, tanto en el sector p\u00fablico como en el privado, que supongan contacto habitual con personas menores de edad<\/h3>\n<p>A estos efectos la ley establece que:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Deber\u00e1 acreditarse<\/strong>\u00a0la ausencia de condena por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales as\u00ed como por cualquier delito de trata de seres humanos\u00a0 <strong>y para ello tendr\u00e1 que presentarse<\/strong>\u00a0una\u00a0<strong>certificaci\u00f3n negativa del<\/strong>\u00a0Registro Central de Delincuentes Sexuales, que pasa a denominarse <strong>Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad<\/strong>, todas aquellas, retribuidas o no, que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes, as\u00ed como, en todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Queda<\/strong>\u00a0<strong>prohibido que las empresas<\/strong>\u00a0<strong>y entidades den ocupaci\u00f3n<\/strong>\u00a0en cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad a\u00a0<strong>quienes tengan antecedentes<\/strong>\u00a0en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. En este sentido, ha de tenerse en cuenta que se a\u00f1ade un nuevo\u00a0apartado 19 al art\u00edculo 8 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, para tipificar esta conducta como infracci\u00f3n muy grave<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Si los antecedentes<\/strong>\u00a0<strong>en el registro mencionado se produjeran una vez iniciada la relaci\u00f3n laboral o las pr\u00e1cticas no laborales se producir\u00e1 el cese inmediato<\/strong>. No obstante, siempre que fuera posible, en atenci\u00f3n a las circunstancias concurrentes en el centro de trabajo y a la actividad desarrollada en el mismo, la empresa podr\u00e1 efectuar un\u00a0<strong>cambio de puesto<\/strong>\u00a0de trabajo siempre que la nueva ocupaci\u00f3n impida el contacto habitual con personas menores de edad.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>El trabajador por cuenta ajena est\u00e1 obligado a comunicar a su empleador cualquier cambio que se produzca en el\u00a0<\/strong>citado<strong>\u00a0registro respecto de la existencia de antecedentes<\/strong>, aun cuando se deriven de hechos anteriores al inicio de su relaci\u00f3n laboral.\u00a0<strong>De no hacerlo<\/strong>, incurrir\u00e1 en un\u00a0<strong>incumplimiento grave y culpable<\/strong>\u00a0a los efectos de lo dispuesto en el\u00a0art\u00edculo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores\u00a0&#8211;<strong>despido disciplinario<\/strong>-.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta obligaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n y las consecuencias de su incumplimiento tambi\u00e9n deber\u00e1n incluirse en los acuerdos que se suscriban entre las empresas y los\u00a0beneficiarios de las\u00a0<strong>pr\u00e1cticas no laborales<\/strong>\u00a0que se formalicen al amparo del\u00a0Real Decreto\u00a01543\/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las pr\u00e1cticas no laborales en empresas.<\/p>\n<ul>\n<li>El\u00a0<strong>sentido del silencio administrativo en los procedimientos de cancelaci\u00f3n de antecedentes\u00a0<\/strong>por delitos de naturaleza sexual iniciados a solicitud de la persona interesada ser\u00e1\u00a0<strong>negativo.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>El Gobierno dispondr\u00e1<\/strong>\u00a0<strong>del plazo de 1 a\u00f1o<\/strong>\u00a0<strong>para establecer los mecanismos que permitan la comprobaci\u00f3n autom\u00e1tica de la inexistencia de antecedentes<\/strong>\u00a0en los casos en que la actividad conlleve el alta en la Seguridad Social o en mutualidades de previsi\u00f3n social, mediante el cruce de la informaci\u00f3n existente en las bases de datos de personas trabajadoras por cuenta ajena, por cuenta propia y de quienes realicen una pr\u00e1ctica no laboral, y la recogida en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La misma previsi\u00f3n de articular mecanismos de comprobaci\u00f3n automatizada de los antecedentes se recoge para las personas que desarrollen actividades de voluntariado y para aquellas que realicen pr\u00e1cticas no laborales que no precisen el alta en la Seguridad Social.<\/p>\n<h3>2. Se establece la obligaci\u00f3n de supervisi\u00f3n de la contrataci\u00f3n que incumbe a los centros educativos.<\/h3>\n<p>La ley se\u00f1ala que las administraciones educativas y las personas que ostenten la direcci\u00f3n y titularidad de todos los centros educativos\u00a0<strong>supervisar\u00e1n la seguridad en la contrataci\u00f3n de personal y controlar\u00e1n la aportaci\u00f3n de los certificados obligatorios\u00a0<\/strong>tanto del personal docente como del personal auxiliar, contrato de servicio, u otros profesionales que trabajen o colaboren habitualmente en el centro escolar de forma retribuida o no.<\/p>\n<h3>3. Se fija el deber de comunicar de forma inmediata a la autoridad competente la existencia de indicios de violencia ejercida sobre ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes.<\/h3>\n<p>Este deber, adem\u00e1s de ser un deber gen\u00e9rico y afectar a toda la ciudadan\u00eda se configura de una forma m\u00e1s exigente para aquellos colectivos que, por raz\u00f3n de su cargo, profesi\u00f3n, oficio o actividad, tienen encomendada la asistencia, el cuidado, la ense\u00f1anza o la protecci\u00f3n de personas menores de edad: personal cualificado de los centros sanitarios, centros escolares, centros de deporte y ocio, centros de protecci\u00f3n a la infancia y de responsabilidad penal de menores, centros de acogida, de asilo y atenci\u00f3n humanitaria y establecimientos en los que residan habitualmente ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes.<\/p>\n<h3>4. Se mandata al Gobierno para que desarrolle reglamentariamente las condiciones de incorporaci\u00f3n a la Seguridad Social de las personas acogedoras especializadas de dedicaci\u00f3n exclusiva<\/h3>\n<p>Se establece que reglamentariamente el Gobierno determinar\u00e1<strong>\u00a0en el plazo de un a\u00f1o<\/strong>\u00a0de la entrada en vigor de esta ley org\u00e1nica, el alcance y condiciones de la incorporaci\u00f3n a la Seguridad Social de las personas que sean designadas como acogedoras especializadas de dedicaci\u00f3n exclusiva,<strong>\u00a0previstas en el\u00a0art\u00edculo 20.1 de la Ley Org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero<\/strong>, de protecci\u00f3n jur\u00eddica del menor, de modificaci\u00f3n parcial del C\u00f3digo Civil y de la Ley de enjuiciamiento civil,<strong>\u00a0en el r\u00e9gimen que les corresponda,\u00a0<\/strong>as\u00ed como los\u00a0<strong>requisitos y procedimiento de afiliaci\u00f3n, alta y cotizaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<h3>5. Se garantiza a los ni\u00f1os y ni\u00f1as en necesidad de protecci\u00f3n internacional el acceso al territorio y a un procedimiento de asilo con independencia de su nacionalidad y de su forma de entrada en Espa\u00f1a, en los t\u00e9rminos establecidos en la Ley 12\/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de protecci\u00f3n subsidiaria.<\/h3>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 15 de junio de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le informamos que en el BOE del 5 de junio se ha publicado la\u00a0Ley org\u00e1nica 8\/2021, de 4 de junio,\u00a0de protecci\u00f3n integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Las\u00a0medidas\u00a0articuladas para garantizar los derechos fundamentales de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes a su integridad f\u00edsica, ps\u00edquica, psicol\u00f3gica y moral frente a cualquier&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":16385,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-16731","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16731","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16731"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16731\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/16385"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16731"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16731"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16731"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}