{"id":16857,"date":"2021-07-22T10:57:43","date_gmt":"2021-07-22T08:57:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=16857"},"modified":"2021-07-22T11:14:11","modified_gmt":"2021-07-22T09:14:11","slug":"segunda-oportunidad-asi-pueden-los-autonomos-y-empresarios-resolver-sus-deudas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/segunda-oportunidad-asi-pueden-los-autonomos-y-empresarios-resolver-sus-deudas\/","title":{"rendered":"\u201cSegunda oportunidad\u201d: as\u00ed pueden los aut\u00f3nomos y empresarios resolver sus deudas"},"content":{"rendered":"<p>Los empresarios que tramitan la Segunda Oportunidad podr\u00e1n obtener la exoneraci\u00f3n de deudas en un mes, desde que se inicie el concurso.<\/p>\n<p>El procedimiento de segunda oportunidad es aquel en el que cualquier persona f\u00edsica, sin antecedentes penales y con deudas inferiores a 5 millones de euros, puede obtener la exoneraci\u00f3n de sus pasivos.<\/p>\n<p>Todo ello siempre y cuando no haya obtenido este beneficio en los \u00faltimos 10 a\u00f1os, no est\u00e9 ya en concurso de acreedores, no tenga homologado un acuerdo de refinanciaci\u00f3n y no haya rechazado un puesto de trabajo acorde a su calificaci\u00f3n profesional, siempre y cuando no est\u00e9 empleado de ning\u00fan modo.<\/p>\n<p>Tal y como ya sabr\u00e1n, este procedimiento tiene dos fases:<\/p>\n<ol>\n<li>Fase extrajudicial: en esta fase se intenta el acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores de derecho privado (no con los p\u00fablicos).<\/li>\n<li>Fase judicial: donde la persona est\u00e1 en concurso de acreedores y se obtiene la exoneraci\u00f3n de la deuda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La fase extrajudicial debe realizarse ante C\u00e1mara de Comercio o Registro Mercantil. La fase judicial ser\u00e1 siempre ante el juzgado de lo mercantil de provincia.<\/p>\n<p>Hasta hace unos meses, los procedimientos concursales ten\u00edan tendencia a durar a\u00f1os, pero cada vez m\u00e1s los jueces de lo mercantil (sobre todo de Barcelona), empezaron a acordar protocolos para agilizar los procedimientos. Al fin y al cabo, no tiene sentido demorar este tipo de procedimientos si el concursado ya es merecedor del beneficio de la exoneraci\u00f3n desde el primer minuto.<\/p>\n<p>La novedad es el acuerdo al que han llegado a 13 de junio de 2021 los mismos jueces de lo mercantil de Barcelona. El protocolo aplicar\u00e1 a los concursos sin masa, es decir aquellos en los que el empresario\/aut\u00f3nomo llega al concurso sin nada que liquidar: no tiene ni inmuebles, ni patrimonio embargable, etc. imaginemos el caso de un empresario o exempresario, que llega al procedimiento concursal \u00fanicamente con su sueldo, el que sea. En ese caso, se considera el concurso sin masa y debe durar un mes.<\/p>\n<p>Hay que tener en cuenta que la Segunda Oportunidad es un imperativo europeo, que se aprob\u00f3 bajo el mandato de Mariano Rajoy, y que este julio de 2021 deb\u00eda terminar de transponerse. Las directrices europeas obligan a Espa\u00f1a a rebajar la importancia del cr\u00e9dito p\u00fablico en este procedimiento. Recuerden que la deuda publica hoy en d\u00eda se puede eliminar, pero a trav\u00e9s de un plan de pagos aprobado judicialmente al final del procedimiento.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, es conveniente tener en cuenta que los empresarios y aut\u00f3nomos pueden ahora tramitar una segunda oportunidad de forma muy \u00e1gil, de modo que puedan volver a la vida normal y crediticia y desaparecer del mundo de la econom\u00eda sumergida, extremo que interesa tanto a los poderes p\u00fablicos, como a las entidades financieras.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 22 de julio de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los empresarios que tramitan la Segunda Oportunidad podr\u00e1n obtener la exoneraci\u00f3n de deudas en un mes, desde que se inicie el concurso. 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