{"id":17025,"date":"2021-10-08T14:36:15","date_gmt":"2021-10-08T12:36:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17025"},"modified":"2021-10-08T14:36:15","modified_gmt":"2021-10-08T12:36:15","slug":"la-agencia-tributaria-podra-acceder-al-registro-de-titularidades-reales-para-combatir-el-fraude-fiscal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/la-agencia-tributaria-podra-acceder-al-registro-de-titularidades-reales-para-combatir-el-fraude-fiscal\/","title":{"rendered":"La Agencia Tributaria podr\u00e1 acceder al Registro de Titularidades Reales para combatir el fraude fiscal"},"content":{"rendered":"<p>Le informamos que La Agencia Tributaria y el Colegio de Registradores han firmado un\u00a0<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2021\/09\/30\/pdfs\/BOE-A-2021-15907.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">nuevo convenio<\/a><strong>,\u00a0<\/strong>publicado en el BOE el 30 de septiembre de 2021, que permitir\u00e1 a la Agencia Tributaria\u00a0<strong>acceder al Registro de Titularidades Reales<\/strong>, ampliando as\u00ed la informaci\u00f3n de la que dispone en esta materia para combatir aquellas modalidades de fraude fiscal en las cuales se utilizan entramados societarios opacos con fines fraudulentos.<\/p>\n<h2>Registro de Titularidades Reales<\/h2>\n<p>El Registro de Titularidades Reales (en adelante RETIR) es un Registro P\u00fablico, a cargo de los Registradores Mercantiles, en el que se hace constar y se actualiza la informaci\u00f3n completa sobre las titularidades reales de las personas jur\u00eddicas.<\/p>\n<p>Tiene la consideraci\u00f3n de \u00ab\u00a0titular real\u00a0\u00bb la persona o personas f\u00edsicas que posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25% del capital o de los derechos de voto de una persona jur\u00eddica, o que por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, de la gesti\u00f3n de la persona jur\u00eddica.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 finalidad tiene<\/h2>\n<p>El RETIR es una herramienta que, de acuerdo con las Directivas Comunitarias,\u00a0 tiene como finalidad esencial la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiaci\u00f3n del terrorismo, as\u00ed como las actividades usualmente aparejadas a las mismas, como el fraude fiscal, el narcotr\u00e1fico y el contrabando.<\/p>\n<h2>Que entidades est\u00e1n obligadas a hacer la declaraci\u00f3n<\/h2>\n<p>La obligaci\u00f3n de identificar al titular real en el RETIR corresponde a todas las personas jur\u00eddicas domiciliadas en Espa\u00f1a, excepto las que coticen en un mercado regulado.<\/p>\n<p>En todos los casos corresponde hacer la declaraci\u00f3n a quien ostente el poder de representaci\u00f3n de la persona jur\u00eddica de que se trate.<\/p>\n<h2>Nuevo convenio entre la Agencia Tributaria y el Colegio de Registradores<\/h2>\n<p>En virtud del convenio, la Agencia<strong>\u00a0podr\u00e1 consultar y obtener informaci\u00f3n sobre titularidades reales de participaciones y acciones de las sociedades que figura en el Registro Mercantil<\/strong>. Esta informaci\u00f3n contenida en el Registro de Titularidades Reales se considera de relevancia para el ejercicio de las funciones que la Agencia Tributaria tiene encomendadas en relaci\u00f3n con la lucha contra el fraude fiscal realizado a trav\u00e9s de entramados societarios de entidades supuestamente independientes.<\/p>\n<p>Como ya hemos comentado, el Registro de Titularidades Reales, nacido al amparo de la normativa europea sobre prevenci\u00f3n del blanqueo de capitales, recoge la informaci\u00f3n sobre <strong>la titularidad real de personas f\u00edsicas, de forma directa o indirecta, de m\u00e1s del 25% del capital social de una entidad<\/strong>, as\u00ed como, en su caso, informaci\u00f3n sobre los denominados \u00ab\u00a0titulares reales asimilados\u00a0\u00bb (los administradores).<\/p>\n<p>El acceso a estos datos por parte de la Agencia Tributaria\u00a0<strong>facilitar\u00e1 la detecci\u00f3n de conductas fraudulentas de entidades aparentemente no vinculadas entre s\u00ed<\/strong>, tales como la facturaci\u00f3n rec\u00edproca para eliminar beneficios del grupo, el desplazamiento il\u00edcito de rentas hacia entidades sin tributaci\u00f3n efectiva, la obtenci\u00f3n de devoluciones improcedentes o el alzamiento de bienes.<\/p>\n<h2>Refuerzo de las comunicaciones electr\u00f3nicas mutuas<\/h2>\n<p>Tambi\u00e9n como novedad, y al objeto de favorecer el desarrollo de los procedimientos tributarios, el convenio avanza en la remisi\u00f3n de informaci\u00f3n registral sobre entidades, estableci\u00e9ndose la\u00a0<strong>transmisi\u00f3n electr\u00f3nica diaria de la informaci\u00f3n contenida en el Bolet\u00edn Oficial del Registro Mercantil<\/strong>, de manera que el Colegio de Registradores trasladar\u00e1 la informaci\u00f3n del BORME (Secci\u00f3n Primera y Secci\u00f3n Segunda) a la Agencia, incluyendo la identificaci\u00f3n mediante NIF de las personas jur\u00eddicas y, en caso de estar disponible, tambi\u00e9n de las personas f\u00edsicas.<\/p>\n<p>A su vez, y gracias al desarrollo de las nuevas tecnolog\u00edas, el convenio puede establecer\u00a0<strong>procedimientos m\u00e1s avanzados de comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica entre las dos partes<\/strong>. As\u00ed, se articula la remisi\u00f3n de la comunicaci\u00f3n por la Agencia Tributaria a los Registros Mercantiles de los\u00a0<strong>acuerdos de baja provisional<\/strong>\u00a0 y las correspondientes\u00a0<strong>rehabilitaciones en el \u00cdndice de Entidades<\/strong>, o el procedimiento electr\u00f3nico para la presentaci\u00f3n en el Registro Mercantil de la\u00a0<strong>declaraci\u00f3n de fallido<\/strong>\u00a0de entidades inscritas.<\/p>\n<p>Esta mejora de la comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica alcanzar\u00e1 tambi\u00e9n a la\u00a0<strong>comunicaci\u00f3n al Registro Mercantil de la revocaci\u00f3n o rehabilitaci\u00f3n del NIF<\/strong>\u00a0asignado a personas jur\u00eddicas o entidades y a la presentaci\u00f3n de los\u00a0<strong>documentos relativos a embargos<\/strong>\u00a0practicados por la Agencia. Tambi\u00e9n se establece la utilizaci\u00f3n del canal electr\u00f3nico registral para el env\u00edo de\u00a0<strong>requerimientos de informaci\u00f3n a los Registradores<\/strong>.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 8 de octubre de 2021<\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Le informamos que La Agencia Tributaria y el Colegio de Registradores han firmado un\u00a0nuevo convenio,\u00a0publicado en el BOE el 30 de septiembre de 2021, que permitir\u00e1 a la Agencia Tributaria\u00a0acceder al Registro de Titularidades Reales, ampliando as\u00ed la informaci\u00f3n de la que dispone en esta materia para combatir aquellas modalidades de fraude fiscal en las&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":8653,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[113],"class_list":["post-17025","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-mercantil","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17025","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17025"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17025\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8653"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17025"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17025"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17025"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}