{"id":1704,"date":"2013-09-27T11:28:35","date_gmt":"2013-09-27T09:28:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=1704"},"modified":"2017-08-21T22:24:48","modified_gmt":"2017-08-21T20:24:48","slug":"nuevo-criterio-de-caja-en-el-iva-y-en-el-igic-para-el-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/nuevo-criterio-de-caja-en-el-iva-y-en-el-igic-para-el-2014\/","title":{"rendered":"Nuevo criterio de caja en el IVA y en el IGIC para el 2014"},"content":{"rendered":"<p>En el campo del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, se crea un r\u00e9gimen voluntario singular del criterio de caja, con efectos desde el pr\u00f3ximo 1 de enero de dos mil catorce, que van a poder aplicar los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido cuyo volumen de operaciones a lo largo del a\u00f1o natural precedente no haya superado los 2.000.000 de euros. La aprobaci\u00f3n de tal r\u00e9gimen trata de mitigar los inconvenientes de liquidez y de acceso al cr\u00e9dito tanto de los aut\u00f3nomos como de las PYMES, eludiendo que se deba ingresar en Hacienda el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido repercutido de las facturas expedidas hasta el instante que este sea ciertamente abonado por el usuario, reemplazando el tradicional criterio de devengo por el de caja. Quedan excluidas de esta modalidad las operaciones acogidas a los reg\u00edmenes singulares simplificados, el de agricultura, ganader\u00eda y pesca, el oro de inversi\u00f3n o bien los servicios prestados por v\u00eda electr\u00f3nica y el r\u00e9gimen de conjunto de entidades. Asimismo hay cierras operaciones a las que no va a ser de aplicaci\u00f3n este r\u00e9gimen, como las adquisiciones intracomunitarias de recursos o bien los presuntos de inversi\u00f3n del sujeto pasivo, entre otras muchas operaciones.<\/p>\n<p>Esta medida est\u00e1 sosten a restricciones temporales: los empresarios deben ingresar el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido de todos los a\u00f1os como muy tarde el treinta y uno de diciembre si bien no hayan cobrado. En relaci\u00f3n con las obligaciones formales de este nuevo r\u00e9gimen singular, le recordamos que hay pendiente de aprobarse un R. D. por el que se altera el Reglamento del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, el Reglamento de Revisi\u00f3n, el de Aplicaci\u00f3n de los Tributos y el Reglamento de Facturaci\u00f3n que describe las l\u00edneas maestras y las modificaciones normativas pertinentes para aplicar este nuevo criterio. Estas modificaciones se unen a las condiciones de aplicaci\u00f3n ya incluidas a la aprobaci\u00f3n del nuevo r\u00e9gimen establecido en la Ley.<\/p>\n<p>Paralelamente al nuevo r\u00e9gimen singular del criterio de caja para el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, asimismo se altera la Ley 20\/1991 del r\u00e9gimen econ\u00f3mico fiscal de Canarias, de tal manera que el r\u00e9gimen singular del criterio de caja pueda aplicarse asimismo en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el campo del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, se crea un r\u00e9gimen voluntario singular del criterio de caja, con efectos desde el pr\u00f3ximo 1 de enero de dos mil catorce, que van a poder aplicar los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido cuyo volumen de operaciones a lo largo del a\u00f1o natural&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[91],"class_list":["post-1704","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-fiscal-contable","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1704","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1704"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1704\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1704"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1704"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1704"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}