{"id":17107,"date":"2021-11-05T10:55:26","date_gmt":"2021-11-05T09:55:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17107"},"modified":"2021-11-05T10:55:26","modified_gmt":"2021-11-05T09:55:26","slug":"los-contratos-o-pactos-de-confidencialidad-como-medida-de-proteccion-interna-de-las-empresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/los-contratos-o-pactos-de-confidencialidad-como-medida-de-proteccion-interna-de-las-empresas\/","title":{"rendered":"Los contratos o pactos de confidencialidad como medida de protecci\u00f3n interna de las empresas"},"content":{"rendered":"<p>Los acuerdos de confidencialidad, tambi\u00e9n conocidos como NDA (<em>Non-Disclousure Agreement<\/em>) son las herramientas legales que usan las empresas con el objetivo de que la informaci\u00f3n sensible que estas tratan no sea revelada a terceros. En virtud de dichos contratos, las partes quedan obligadas a no difundir aspectos de una determinada negociaci\u00f3n o procesos internos que podr\u00edan favorecer a la competencia y producir un grave da\u00f1o a la sociedad, ya fuere econ\u00f3mico o reputacional. Dicho deber de mantener la confidencialidad puede pactarse por el periodo que dure la negociaci\u00f3n, e incluso durante un transcurso de tiempo posterior.<\/p>\n<p>Pueden estar suscritos por dos o m\u00e1s empresas, as\u00ed como entre la empresa y empleados de esta, que ser\u00e1 los que a continuaci\u00f3n analizaremos. Es importante que el trabajador firme un acuerdo de confidencialidad para empleados con el fin de que no se revele en ninguna ocasi\u00f3n a personal ajeno datos que podr\u00edan perjudicar el desarrollo organizacional de la empresa.<\/p>\n<p>En funci\u00f3n de la tipolog\u00eda de sociedad que sea, el volumen que esta tenga, o la actividad econ\u00f3mica a la que se dedique, el listado de temas al que quedar\u00e1 sujeto el acuerdo de confidencialidad puede variar, aunque entre los aspectos m\u00e1s comunes siempre suelen destacar: planes o modelos de negocio, datos econ\u00f3micos y financieros, privacidad de los clientes, marcas y patentes, etc.<\/p>\n<p>Por lo que refiere al contenido del acuerdo, de forma general deber\u00e1 estar formado por un conjunto de cl\u00e1usulas que contengan la descripci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de secreto, as\u00ed como las condiciones y excepciones que se prevean. Deber\u00e1 constar tambi\u00e9n las posibles consecuencias que se deriven en caso de que el acuerdo se incumpla, junto con las obligaciones y responsabilidades que entre las partes suscriban. A grandes rasgos, el contenido y formato que un acuerdo de confidencialidad deber\u00eda seguir es el siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>Identificaci\u00f3n de las personas, empresas o instituciones firmantes, as\u00ed como la posici\u00f3n que ocupa cada una de ellas en el acuerdo.<\/li>\n<li>Determinaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que tendr\u00e1 car\u00e1cter confidencial, concretando sobre que asuntos las partes deber\u00e1n guardar silencio y no difundir a terceros.<\/li>\n<li>Duraci\u00f3n y periodo de tiempo en que las partes deber\u00e1n mantener la confidencialidad acordada.<\/li>\n<li>Sanciones que se impondr\u00e1n a las partes en caso de incumplir el acuerdo. Dichas sanciones deber\u00e1n ser proporcionales a los da\u00f1os y perjuicios que resultar\u00edan en caso de que la informaci\u00f3n protegida fuese revelada.<\/li>\n<li>Firma de cada una de las partes que suscribe el acuerdo y se compromete a mantener la confidencialidad establecida.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Finalmente, es importante mencionar que el tema de los contratos de confidencialidad puede verse implicado en normativas de distinto \u00e1mbito. Generalmente es aplicable la legislaci\u00f3n del C\u00f3digo Civil, sobre todo por lo que refiere a la autonom\u00eda de voluntad y a la validez de los contratos. Aun as\u00ed, todo lo relacionado con el deber de confidencialidad y secreto lo podemos ver regulado en distintas normativas, como es en el Real Decreto Legislativo 1\/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, o en la Ley 3\/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal entre otras.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 5 de noviembre de 2021<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los acuerdos de confidencialidad, tambi\u00e9n conocidos como NDA (Non-Disclousure Agreement) son las herramientas legales que usan las empresas con el objetivo de que la informaci\u00f3n sensible que estas tratan no sea revelada a terceros. 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