{"id":17150,"date":"2021-11-26T13:29:49","date_gmt":"2021-11-26T12:29:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17150"},"modified":"2021-11-26T13:29:49","modified_gmt":"2021-11-26T12:29:49","slug":"como-reclamar-las-compraventas-online","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/como-reclamar-las-compraventas-online\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo reclamar las compraventas online"},"content":{"rendered":"<p>Todo consumidor digital tiene el derecho de llevar a cabo reclamaciones de compras online en caso de que la compra no llegue al destino indicado, haya problemas en la devoluci\u00f3n de alg\u00fan art\u00edculo o incluso si el precio pagado no fuese el indicado en la p\u00e1gina web.<\/p>\n<p>Espa\u00f1a es de los pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea que a lo largo de los a\u00f1os ha registrado un mayor crecimiento en lo que respecta al mundo de la compraventa online. En este sentido, no es de extra\u00f1ar que debido a la digitalizaci\u00f3n y al aumento del uso del comercio electr\u00f3nico nuestros h\u00e1bitos de compra hayan cambiado.<\/p>\n<p>Es crucial crear un entorno seguro y de confianza para los consumidores que participan en el \u00e1mbito del comercio electr\u00f3nico. As\u00ed, el <em>Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias<\/em>, establece la obligaci\u00f3n de facilitar al comprador la informaci\u00f3n relativa a los tr\u00e1mites que deber\u00e1n seguirse para la celebraci\u00f3n del contrato, as\u00ed como las principales caracter\u00edsticas de los bienes y servicios puestos a disposici\u00f3n del consumidor. Es este sentido, los prestadores de servicios estar\u00e1n obligados a implementar las medidas de car\u00e1cter t\u00e9cnico como garant\u00eda frente a los posibles incidentes de seguridad que puedan darse, as\u00ed como de poner en conocimiento a los consumidores las buenas pr\u00e1cticas a la hora de llevar a cabo las compraventas online.<\/p>\n<p>Todo consumidor digital tiene el derecho de llevar a cabo reclamaciones de compras online en caso de que la compra no llegue al destino indicado, haya problemas en la devoluci\u00f3n de alg\u00fan art\u00edculo o incluso si el precio pagado no fuese el indicado en la p\u00e1gina web. Los mecanismos de reclamaci\u00f3n que tiene el cliente son:<\/p>\n<ol>\n<li>Ponerse en contacto con el <strong>Servicio de Atenci\u00f3n al Cliente del vendedor<\/strong>. A trav\u00e9s de este primer paso lo que se intenta es llegar a una soluci\u00f3n amistosa que beneficie a las dos partes, tanto al consumidor como al vendedor.<\/li>\n<li>En caso de que no se llegase a un acuerdo, el consumidor tiene la opci\u00f3n de dirigirse a un procedimiento de mediaci\u00f3n ante la <strong>Oficina Municipal de Informaci\u00f3n del Consumidor<\/strong>, as\u00ed como a las <strong>Juntas Arbitrales de Consumo<\/strong> que corresponda por territorio e iniciar un procedimiento arbitral con el fin de solucionar el conflicto. Cabe mencionar que ambos procesos son de acceso gratuito, produciendo efecto jur\u00eddico el laudo arbitral que se dicte en caso de que se est\u00e9 llevando a cabo un procedimiento arbitral, es decir, con la misma consecuencia jur\u00eddica que tendr\u00eda una sentencia firme.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Existen adem\u00e1s distintas Asociaciones de Consumidores y Usuarios en cada comunidad aut\u00f3noma, donde el consumidor podr\u00e1 recibir el asesoramiento sobre el caso concreto.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Si llegados a este punto el conflicto sigue sin resolverse, el consumidor podr\u00e1 recurrir a la v\u00eda judicial a trav\u00e9s de la <strong>interposici\u00f3n de una demanda por incumplimiento contractual<\/strong>.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Debemos tener en cuenta que todo lo mencionado anteriormente se da en casos de compraventa dentro del territorio nacional. En caso de que la empresa vendedora estuviese ubicada en otro estado miembro de la UE, el organismo competente ser\u00eda el Centro Europeo de Informaci\u00f3n al Consumidor. Si fuese un pa\u00eds tercero sin establecimiento permanente en la UE la situaci\u00f3n se complicar\u00eda, pues habr\u00eda que dirigirse a las instituciones o a los tribunales del pa\u00eds donde estuviese establecida la empresa vendedora.<\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 26 de noviembre de 2021<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Todo consumidor digital tiene el derecho de llevar a cabo reclamaciones de compras online en caso de que la compra no llegue al destino indicado, haya problemas en la devoluci\u00f3n de alg\u00fan art\u00edculo o incluso si el precio pagado no fuese el indicado en la p\u00e1gina web. 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