{"id":17857,"date":"2022-10-10T09:51:27","date_gmt":"2022-10-10T07:51:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=17857"},"modified":"2022-10-10T09:51:27","modified_gmt":"2022-10-10T07:51:27","slug":"paquete-de-medidas-fiscales-previstas-por-el-gobierno-para-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/paquete-de-medidas-fiscales-previstas-por-el-gobierno-para-2023\/","title":{"rendered":"Paquete de medidas fiscales previstas por el Gobierno para 2023"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que e ministerio de Hacienda ha presentado un paquete de medidas fiscales para la justicia social y la eficiencia econ\u00f3mica. Las medidas presentadas se pretenden incorporar en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 o bien en leyes que permitan su puesta en marcha el pr\u00f3ximo a\u00f1o.<\/p>\n<p>Para poder llevar a cabo dichas medidas se pretende rebajar el IVA tanto de la electricidad como del gas natural y la madera y elimin\u00e1ndolo en algunos productos sanitarios como el material, vacunas o tests. Asimismo, se pretende gravar a los grandes patrimonios y grandes empresas y al mismo tiempo rebajar\u00a0 la carga fiscal de las rentas bajas.<\/p>\n<p>Veamos a continuaci\u00f3n cuales son estas medidas, sin bien hay que advertir que todav\u00eda no han sido aprobadas y pueden producirse cambios.<\/p>\n<h2>Nuevo impuesto de solidaridad de las grandes fortunas<\/h2>\n<p>Entre las medidas incluidas para aumentar la aportaci\u00f3n de quienes m\u00e1s tienen se enmarca el anuncio de crear un Impuesto de Solidaridad de las grandes fortunas que afectar\u00e1 a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros. Para evitar l<strong>a doble imposici\u00f3n los sujetos pasivos del Impuesto de solidaridad solo tributar\u00e1n por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su Comunidad Aut\u00f3noma.<\/strong><\/p>\n<p>El\u00a0<strong>tipo impositivo<\/strong>\u00a0del impuesto ser\u00e1 del\u00a0<strong>1,7% para los patrimonios entre 3 y 5 millones<\/strong>\u00a0de euros; del\u00a0<strong>2,1 % para los patrimonios entre 5 millones y 10 millones<\/strong>; y del\u00a0<strong>3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10 millones de euros<\/strong>.<\/p>\n<p>Se trata de un impuesto estatal de\u00a0<strong>car\u00e1cter temporal para los a\u00f1os 2023 y 2024<\/strong>, aunque se incluir\u00e1 una cl\u00e1usula de revisi\u00f3n para evaluar al t\u00e9rmino de su vigencia si es necesario mantenerlo o suprimirlo. El potencial de contribuyentes afectados se sit\u00faa en 23.000 contribuyentes, el 0,1% del total y el impacto recaudatorio potencial alcanza los 1.500 millones.<\/p>\n<h2>IRPF<\/h2>\n<p>Tambi\u00e9n se incluyen medidas en el IRPF para avanzar en el objetivo de reducir la brecha de tributaci\u00f3n entre las rentas del capital y las rentas del trabajo.<\/p>\n<p>Para ello se\u00a0<strong>incrementa un punto, hasta el 27 %, el gravamen para rentas del capital entre 200.000 y 300.000 euros<\/strong>. Asimismo, se eleva hasta <strong>el 28%<\/strong> el gravamen para rentas del capital superiores a 300.000 euros.<\/p>\n<p>De igual forma, para ayudar a los contribuyentes que m\u00e1s lo necesitan, el Gobierno ampliar\u00e1 la actual\u00a0<strong>reducci\u00f3n por rendimientos del trabajo<\/strong>. Actualmente, este beneficio fiscal se aplica a rentas brutas hasta 18.000 euros y se ampliar\u00e1 y elevar\u00e1 la reducci\u00f3n hasta alcanzar contribuyentes con un salario bruto del trabajo de 21.000 euros.<\/p>\n<p><strong>La reducci\u00f3n por rendimientos del trabajo operar\u00e1 sobre sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros<\/strong>. As\u00ed,\u00a0el m\u00ednimo de tributaci\u00f3n para un contribuyente soltero y sin hijos sube de 14.000 euros a 15.000 euros. Con ello se garantiza, por ejemplo, que un trabajador que hoy gana el SMI, fijado en 14.000 euros, no tributar\u00e1 por IRPF cuando el Gobierno aumente el Salario M\u00ednimo Interprofesional en 2023.\u00a0 En el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaraci\u00f3n conjunta, el m\u00ednimo de tributaci\u00f3n aumenta de 18.000 euros a 19.000 euros por el incremento de la reducci\u00f3n de los rendimientos del trabajo.<\/p>\n<p>Por otro lado, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 incluir\u00e1 una rebaja adicional en el IRPF de <strong>cinco puntos porcentuales en el rendimiento neto de m\u00f3dulos<\/strong>.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los aut\u00f3nomos que tributan por\u00a0<strong>estimaci\u00f3n directa simplificada<\/strong>\u00a0aplican actualmente una reducci\u00f3n autom\u00e1tica del 5 % del rendimiento neto con un importe m\u00e1ximo anual de 2.000 euros. Aqu\u00ed entran lo que se conocen como gastos deducibles de dif\u00edcil justificaci\u00f3n. Dicho porcentaje de\u00a0<strong>reducci\u00f3n se elevar\u00e1 al 7 %<\/strong>\u00a0en los pr\u00f3ximos presupuestos Generales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, tambi\u00e9n <strong>se prorrogar\u00e1 un a\u00f1o m\u00e1s los l\u00edmites vigentes de exclusi\u00f3n en el sistema de m\u00f3dulos<\/strong>.\u00a0Esta decisi\u00f3n implica que m\u00e1s contribuyentes podr\u00e1n seguir tributando a trav\u00e9s de este sistema.<\/p>\n<h2>Impuesto de Sociedades<\/h2>\n<p>Siguiendo esa l\u00ednea, se ha anunciado que se impulsar\u00e1 en el Congreso de los Diputados un\u00a0<strong>cambio normativo que limitar\u00e1 en un 50 % la posibilidad de compensar las p\u00e9rdidas en los grupos consolidados. No se trata de un incremento fiscal, sino que se difiere la posibilidad de compensar las bases imponibles negativas.<\/strong>\u00a0Se tratar\u00eda tambi\u00e9n de una\u00a0<strong>medida de car\u00e1cter temporal para los a\u00f1os 2023 y 2024<\/strong>\u00a0y que afectar\u00eda solo a 3.609 empresas que apenas representan el 0,2 % de los declarantes del Impuesto sobre Sociedades.<\/p>\n<p>Por otro lado, para aliviar tambi\u00e9n la situaci\u00f3n de las peque\u00f1as empresas, se <strong>rebajar\u00e1 el tipo nominal del Impuesto sobre\u00a0Sociedades del 25% al 23% para las pymes con una facturaci\u00f3n de hasta un mill\u00f3n de euros,<\/strong>\u00a0medida que pretende beneficiar a 407.384 empresas.<\/p>\n<h2>IVA<\/h2>\n<p>Tambi\u00e9n se aprobar\u00e1 una\u00a0<strong>rebaja del 10 % al 4 % el\u00a0IVA de los productos de higiene femenina<\/strong>\u00a0(compresas, tampones, protegeslips),\u00a0<strong>preservativos y anticonceptivos no medicinales.<\/strong><\/p>\n<h2>CONCLUSIONES<\/h2>\n<p>A modo de resumen, el siguiente esquema refleja todas las nuevas medidas que se pretenden llevar a cabo.<\/p>\n<p>Aumentos:<\/p>\n<ol>\n<li>Nuevo impuesto de solidaridad de las grandes fortunas.<\/li>\n<li>Subida IRPF a las rentas del capital por encima de 200.000 y 300.000.<\/li>\n<li>Limitaci\u00f3n de las bases negativas para las grandes empresas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Rebajas:<\/p>\n<ol>\n<li>Se ampl\u00eda de 14.000 a 15.000 las rentas exentas de IRPF.<\/li>\n<li>Rebaja del IRPF para rentas de entre 15.000 y 21.000 euros.<\/li>\n<li>Rebaja adicional del 5% en el rendimiento neto de m\u00f3dulos para los aut\u00f3nomos.<\/li>\n<li>Se eleva la reducci\u00f3n para gastos deducibles en el r\u00e9gimen de estimaci\u00f3n directa hasta el 7%.<\/li>\n<li>Rebaja del tipo nominal del Impuesto de Sociedades 25% al 23% a las pymes.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Madrid, a 10 de octubre de 2022.<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Le informamos que e ministerio de Hacienda ha presentado un paquete de medidas fiscales para la justicia social y la eficiencia econ\u00f3mica. Las medidas presentadas se pretenden incorporar en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 o bien en leyes que permitan su puesta en marcha el pr\u00f3ximo a\u00f1o. Para poder llevar a cabo dichas&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":10676,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[91],"class_list":["post-17857","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-fiscal-contable","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17857","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17857"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17857\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":17859,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17857\/revisions\/17859"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10676"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17857"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17857"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17857"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}