{"id":18917,"date":"2024-01-24T09:20:56","date_gmt":"2024-01-24T08:20:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=18917"},"modified":"2024-01-24T09:20:56","modified_gmt":"2024-01-24T08:20:56","slug":"desde-enero-2024-la-tarifa-regulada-de-la-luz-queda-limitada-a-particulares-y-mircroempresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/desde-enero-2024-la-tarifa-regulada-de-la-luz-queda-limitada-a-particulares-y-mircroempresas\/","title":{"rendered":"DESDE ENERO 2024 LA TARIFA REGULADA DE LA LUZ QUEDA LIMITADA A PARTICULARES Y MIRCROEMPRESAS"},"content":{"rendered":"<p>Desde el pasado 1 de enero de 2024, la tarifa regulada del precio de la electricidad (conocida como precio voluntario al peque\u00f1o consumidor \u201cPVPC\u201d) a la que est\u00e1n acogidas muchas empresas, queda limitado a consumidores dom\u00e9sticos y microempresas cuyo punto de suministro est\u00e9 conectado a tensiones no superiores a 1 kV y con potencia contratada menor o igual a 10 kilovatios (kW) en cada uno de los periodos horarios existentes. Si es su caso, vea c\u00f3mo le afecta este cambio.<\/p>\n<p>La nueva metodolog\u00eda de c\u00e1lculo de la tarifa regulada de la electricidad, conocida como Precio Voluntario para el Peque\u00f1o Consumidor (PVPC), entr\u00f3 en vigor el pasado 1 de enero de 2024 con el objetivo de aportar m\u00e1s estabilidad a las facturas de los cerca de 8,6 millones de consumidores acogidos a ella. El cambio ser\u00e1 autom\u00e1tico -los consumidores no tendr\u00e1n que hacer nada- y se encargar\u00e1n las compa\u00f1\u00edas el\u00e9ctricas, que aplicar\u00e1n la nueva f\u00f3rmula de precio de la energ\u00eda en las facturas que emitan desde el 1 de enero de 2024.<\/p>\n<p>Aprobada el pasado junio por el Gobierno, la reforma fija un marco transitorio por el cual el peso de la se\u00f1al a plazo se incrementar\u00e1 entre 2024 y 2026, y <strong>acota esta tarifa a hogares y micropymes,<\/strong> si bien las comunidades de vecinos que cumplan con los requisitos de tensi\u00f3n y potencia podr\u00e1n seguir benefici\u00e1ndose de ella.<\/p>\n<p>Hasta ahora, a esta tarifa pod\u00edan acogerse quienes no estuvieran conectados a tensi\u00f3n superior a 1 kV y tuvieran una potencia contratada menor o igual a 10 kW. Sin embargo, <strong>con la nueva regulaci\u00f3n esta posibilidad se restringe a las personas f\u00edsicas y a microempresas, por lo que el resto de las empresas deber\u00e1n cambiar su tarifa.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong>Recientemente, la Comisi\u00f3n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aclarado que <strong>tambi\u00e9n las comunidades de vecinos<\/strong> que no est\u00e9n conectadas a una tensi\u00f3n superior a 1 kilovoltio (kV) y que tengan una potencia contratada menor o igual a 10 kW podr\u00e1n seguir estando acogidas a la PVPC.<\/p>\n<h2><strong>Microempresas<\/strong><\/h2>\n<p>A estos efectos, se considera microempresa aqu\u00e9lla <strong>que tenga menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de negocios o balance general anual no supere los 2 millones de euros.<\/strong> Estas empresas podr\u00e1n seguir benefici\u00e1ndose de la tarifa PVPC siempre que tengan contratadas la tensi\u00f3n y la potencia antes indicadas y justifiquen su condici\u00f3n de microempresas (mediante una declaraci\u00f3n responsable) en el momento de la solicitud o de renovaci\u00f3n del contrato.<\/p>\n<p>Si su empresa <strong>no re\u00fane los requisitos para ser considerada microempresa, pero tiene un contrato en PVPC vigente a fecha 1 de enero de 2024,<\/strong> podr\u00e1 seguir benefici\u00e1ndose de esta tarifa hasta su vencimiento. Eso s\u00ed, en cuanto finalice:<\/p>\n<ul>\n<li>Deber\u00e1 cambiar de tarifa y contratar el suministro con una comercializadora del mercado libre.<\/li>\n<li>De lo contrario, como penalizaci\u00f3n por no cambiar, se le aplicar\u00e1 el PVPC m\u00e1s un recargo del 20% en su factura. Este recargo tambi\u00e9n se aplicar\u00e1 a aquellas microempresas que no hayan certificado su condici\u00f3n mediante la declaraci\u00f3n responsable.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Madrid, a 24 de enero de 2024<\/p>\n<p><strong>Afianza CSF,<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el pasado 1 de enero de 2024, la tarifa regulada del precio de la electricidad (conocida como precio voluntario al peque\u00f1o consumidor \u201cPVPC\u201d) a la que est\u00e1n acogidas muchas empresas, queda limitado a consumidores dom\u00e9sticos y microempresas cuyo punto de suministro est\u00e9 conectado a tensiones no superiores a 1 kV y con potencia contratada&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":18822,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-18917","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18917","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18917"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18917\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":18919,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18917\/revisions\/18919"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18822"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18917"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18917"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18917"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}