{"id":1908,"date":"2013-11-22T11:40:51","date_gmt":"2013-11-22T10:40:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=1908"},"modified":"2017-08-19T22:51:53","modified_gmt":"2017-08-19T20:51:53","slug":"cese-una-trabajadora-embarazada-no-superar-periodo-prueba-valido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/cese-una-trabajadora-embarazada-no-superar-periodo-prueba-valido\/","title":{"rendered":"EL CESE DE UNA TRABAJADORA EMBARAZADA POR NO SUPERAR EL PER\u00cdODO DE PRUEBA ES V\u00c1LIDO"},"content":{"rendered":"<h2>Por norma general, los jueces estiman que el despido de una trabajadora encinta es nulo aun si bien la compa\u00f1\u00eda no conociera el estado de gestaci\u00f3n.<\/h2>\n<p>En estos casos, el despido es v\u00e1lido solo si se puede acreditar de forma evidente y clara que el cese no tiene nada ver con el embarazo. Por poner un ejemplo, si una encinta se ve perjudicada por un despido objetivo que afecta a toda la plantilla, o bien si es despedida de forma disciplinaria por haber sustra\u00eddo dinero de la compa\u00f1\u00eda.<br \/>\nPeriodo de prueba de la trabajadora encinta.<br \/>\nAhora bien, el Tribunal Constitucional, a trav\u00e9s de su sentencia de diez de octubre de dos mil trece, ha rechazado el recurso de amparo interpuesto por una trabajadora encinta cuyo empresario extingui\u00f3 su contrato de trabajo a lo largo del periodo de prueba estando encinta de diez semanas, al estimar el Tribunal que el mecanismo de garant\u00eda reforzada de las trabajadoras embarazadas en el caso de despido no puede extenderse al supuesto de desistimiento empresarial a lo largo del periodo de prueba.<br \/>\nAtenci\u00f3n. En el periodo de prueba, se puede anular el contrato de forma unilateral y sin precisar justificar causa alguna.<br \/>\nNo discriminaci\u00f3n con motivo de sexo<br \/>\nSin embargo lo precedente, el Tribunal precisa que el hecho de que no se pueda aplicar esta singular protecci\u00f3n a las trabajadoras embarazadas en los casos de finalizaci\u00f3n del contrato a lo largo del periodo de prueba, no impide que la extinci\u00f3n establecido pueda reputarse como nula si se ha producido con transgresi\u00f3n de derechos esenciales, como suceder\u00eda si la resoluci\u00f3n extintiva ocultase una reacci\u00f3n al embarazo de la trabajadora, lo que podr\u00eda ser constitutivo de una transgresi\u00f3n del derecho esencial a la no discriminaci\u00f3n con motivo de sexo amparada por el art\u00edculo catorce de la Constituci\u00f3n De Espa\u00f1a.<br \/>\nEn el presunto espec\u00edfico sometido a su resoluci\u00f3n, el Tribunal Constitucional (con la salvedad de 2 votos particulares) comprende que la demandante de amparo no aport\u00f3 rastros racionales de discriminaci\u00f3n por motivo de su embarazo, no solo pues el empresario no era conocedor del estado de gestaci\u00f3n, sino m\u00e1s bien pues en exactamente el mismo d\u00eda en que se extingui\u00f3 su contrato la compa\u00f1\u00eda concluy\u00f3 el contrato de trabajo de otro empleado var\u00f3n por exactamente el mismo motivo (no lograr los objetivos de ventas previsto en el contrato), con lo que, concluye, la conducta empresarial no vulner\u00f3 el derecho a la no discriminaci\u00f3n con motivo de sexo de la trabajadora.<br \/>\nConclusi\u00f3n:<br \/>\nNo se puede aplicar al desistimiento empresarial a lo largo del periodo de prueba la regla sobre la nulidad objetiva del despido en el caso de embarazo establecida en el art\u00edculo 55.5.b) del Estatuto de los Trabajadores, dada la diferente naturaleza jur\u00eddica de las instituciones del despido y de la extinci\u00f3n en periodo de prueba y, por consiguiente, solamente va a ser nulo el desistimiento en periodo de prueba si la resoluci\u00f3n del empresario es una reacci\u00f3n al embarazo de la trabajadora.<br \/>\nLa sentencia cuenta con un voto particular oponente subscrito por 4 jueces.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por norma general, los jueces estiman que el despido de una trabajadora encinta es nulo aun si bien la compa\u00f1\u00eda no conociera el estado de gestaci\u00f3n. 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