{"id":20669,"date":"2026-05-20T14:21:58","date_gmt":"2026-05-20T12:21:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=20669"},"modified":"2026-05-20T14:21:58","modified_gmt":"2026-05-20T12:21:58","slug":"las-empleadas-del-hogar-ya-podran-obtener-un-certificado-oficial-en-prevencion-de-riesgos-laborales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/las-empleadas-del-hogar-ya-podran-obtener-un-certificado-oficial-en-prevencion-de-riesgos-laborales\/","title":{"rendered":"Las empleadas del hogar ya podr\u00e1n obtener un certificado oficial en prevenci\u00f3n de riesgos laborales"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary\">\n<p><strong>En el BOE de 15 de mayo de 2026 se ha publicado la Resoluci\u00f3n de 8 de mayo de 2026, por la que se establece el proceso de autoevaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de la formaci\u00f3n en materia preventiva realizada por las personas trabajadoras en el \u00e1mbito de la relaci\u00f3n laboral de car\u00e1cter especial del servicio del hogar familiar. La Resoluci\u00f3n desarrolla lo previsto en el Real Decreto 893\/2024, de 10 de septiembre, en relaci\u00f3n con la formaci\u00f3n preventiva de este colectivo.<\/strong><\/p>\n<\/div>\n<div class=\"content\">\n<p>Hasta hace relativamente poco tiempo, la prevenci\u00f3n de riesgos laborales en el \u00e1mbito del hogar familiar se mov\u00eda en una zona bastante difusa. Exist\u00edan referencias legales y obligaciones generales de protecci\u00f3n, pero la realidad pr\u00e1ctica mostraba un escenario muy distinto. Muchas personas empleadoras desconoc\u00edan qu\u00e9 deb\u00edan hacer exactamente y muchas trabajadoras ni siquiera ten\u00edan acceso real a formaci\u00f3n preventiva adaptada a las tareas que desarrollaban diariamente.<\/p>\n<p>Con la publicaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n de 8 de mayo de 2026, la situaci\u00f3n cambia de manera importante. El SEPE desarrolla el sistema de formaci\u00f3n preventiva previsto en el Real Decreto 893\/2024 y concreta c\u00f3mo deber\u00e1n realizarse la autoevaluaci\u00f3n y la acreditaci\u00f3n de esa formaci\u00f3n en el \u00e1mbito del servicio del hogar familiar.<\/p>\n<p>No se trata simplemente de una formalidad administrativa m\u00e1s. Lo relevante es que el trabajo dom\u00e9stico empieza a incorporar mecanismos preventivos mucho m\u00e1s similares a los existentes en otras relaciones laborales ordinarias, aunque adaptados a las particularidades propias del hogar familiar.<\/p>\n<p>Y precisamente ah\u00ed reside una de las claves de toda esta normativa. La prevenci\u00f3n ya no se contempla \u00fanicamente como una recomendaci\u00f3n gen\u00e9rica, sino como un conjunto de actuaciones concretas, documentables y, en cierta medida, verificables.<\/p>\n<p><strong>No debe confundirse la evaluaci\u00f3n de riesgos con la formaci\u00f3n preventiva<\/strong><\/p>\n<p>Uno de los aspectos que m\u00e1s dudas est\u00e1 generando en la pr\u00e1ctica es la diferencia entre las herramientas preventivas actualmente existentes.<\/p>\n<p>La nueva resoluci\u00f3n regula espec\u00edficamente la formaci\u00f3n preventiva de las personas trabajadoras del hogar y el sistema para acreditar dicha formaci\u00f3n. Sin embargo, esto no sustituye la obligaci\u00f3n de evaluar riesgos en el domicilio donde se presta el servicio.<\/p>\n<p>Y aqu\u00ed conviene distinguir claramente dos plataformas que tienen funciones completamente diferentes.<\/p>\n<p>Por un lado, <strong>Prevencion10.es,<\/strong> impulsada por el INSST, funciona como herramienta gratuita para ayudar a la persona empleadora a identificar riesgos laborales, evaluar situaciones peligrosas y documentar medidas preventivas dentro del hogar. Por otro, la <strong>plataforma eFundae<\/strong> ser\u00e1 la utilizada para que la persona trabajadora realice la formaci\u00f3n preventiva, complete los controles de seguimiento y obtenga el correspondiente certificado o diploma.<\/p>\n<p>La diferencia parece t\u00e9cnica, pero en realidad tiene bastante trascendencia pr\u00e1ctica. Porque una cosa es que exista una evaluaci\u00f3n preventiva del domicilio y otra distinta que la persona trabajadora haya recibido y acreditado formaci\u00f3n en materia de prevenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las dos obligaciones conviven.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong>Prevencion10.es y eFundae no sirven para lo mismo. La formaci\u00f3n preventiva no sustituye la evaluaci\u00f3n de riesgos del domicilio La persona empleadora sigue manteniendo obligaciones propias en materia preventiva.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>La formaci\u00f3n preventiva se adapta a las tareas reales del trabajo dom\u00e9stico<\/strong><\/p>\n<p>Uno de los aspectos m\u00e1s razonables de esta regulaci\u00f3n es que intenta abandonar el enfoque gen\u00e9rico tradicional de la prevenci\u00f3n para centrarse en riesgos muy concretos del trabajo dom\u00e9stico.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n identifica siete grandes actividades formativas vinculadas directamente a las tareas m\u00e1s habituales dentro del hogar familiar. Entre ellas aparecen limpieza, preparaci\u00f3n de comidas, cuidado de personas, conducci\u00f3n de veh\u00edculos, jardiner\u00eda, trabajo nocturno o trato con mascotas. Las cinco primeras se consideran especialmente relevantes.<\/p>\n<p>No es una cuesti\u00f3n menor.<\/p>\n<p>La propia <a class=\"external\" href=\"https:\/\/www.insst.es\/documents\/94886\/8404970\/Gu%C3%ADa+T%C3%A9cnica+para+la+prevenci%C3%B3n+de+los+riesgos+laborales+en+el+servicio+del+hogar+familiar+2025.pdf\/2f4b4b7e-ba91-a0bb-732a-fe60fff504a3?t=1778578542534\" target=\"_blank\" rel=\"external noopener\">gu\u00eda t\u00e9cnica publicada por el INSST<\/a> recuerda que el empleo dom\u00e9stico presenta riesgos muy espec\u00edficos y, adem\u00e1s, especialmente invisibilizados durante a\u00f1os. Problemas musculoesquel\u00e9ticos, lesiones derivadas de movilizaci\u00f3n de personas dependientes, exposici\u00f3n continuada a productos qu\u00edmicos, fatiga mental, aislamiento laboral o situaciones de violencia y acoso forman parte de la realidad diaria de muchas trabajadoras del sector.<\/p>\n<p>Y precisamente por eso la nueva formaci\u00f3n preventiva intenta aproximarse m\u00e1s a situaciones reales que a contenidos puramente formales o burocr\u00e1ticos.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong>Las tareas dom\u00e9sticas tambi\u00e9n generan riesgos laborales relevantes. El cuidado de personas dependientes y la limpieza concentran buena parte de los riesgos f\u00edsicos. La prevenci\u00f3n incluye tambi\u00e9n riesgos psicosociales y situaciones de violencia o acoso.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>La autoevaluaci\u00f3n y la acreditaci\u00f3n pasan a formar parte del sistema<\/strong><\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n introduce adem\u00e1s un elemento que hasta ahora apenas exist\u00eda en este \u00e1mbito. La necesidad de verificar el aprendizaje mediante controles de seguimiento y sistemas de autoevaluaci\u00f3n. Toda la <strong>formaci\u00f3n se desarrollar\u00e1 online a trav\u00e9s de la plataforma eFundae<\/strong> y deber\u00e1 incorporar mecanismos peri\u00f3dicos para comprobar que la persona participante sigue adecuadamente los contenidos formativos.<\/p>\n<p>En funci\u00f3n de los resultados obtenidos, podr\u00e1n emitirse dos tipos de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Un certificado de participaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Un diploma de aprovechamiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para obtener el certificado ser\u00e1 necesario haber realizado al menos el 75 % de los controles peri\u00f3dicos de seguimiento. Y para acceder al diploma, adem\u00e1s, deber\u00e1 superarse positivamente el 75 % de dichas evaluaciones.<\/p>\n<p>Esto supone un cambio importante porque la formaci\u00f3n deja de consistir \u00fanicamente en acceder a contenidos y pasa a incorporar cierto nivel de trazabilidad y acreditaci\u00f3n efectiva.<\/p>\n<p>Aunque pueda parecer una cuesti\u00f3n administrativa menor, probablemente acabar\u00e1 teniendo relevancia pr\u00e1ctica en futuras comprobaciones, inspecciones o conflictos laborales.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n. <\/strong>La formaci\u00f3n preventiva incorpora controles de seguimiento obligatorios. No bastar\u00e1 \u00fanicamente con acceder a la plataforma formativa. La acreditaci\u00f3n documental puede resultar relevante ante una inspecci\u00f3n o reclamaci\u00f3n futura.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>La responsabilidad preventiva de la persona empleadora sigue existiendo<\/strong><\/p>\n<p>Uno de los errores que pueden producirse a ra\u00edz de esta nueva regulaci\u00f3n es pensar que toda la responsabilidad preventiva pasa autom\u00e1ticamente a plataformas p\u00fablicas o sistemas formativos externos. Y no es as\u00ed.<\/p>\n<p>La gu\u00eda t\u00e9cnica del INSST insiste de forma bastante clara en que la persona empleadora sigue manteniendo obligaciones preventivas relevantes dentro del hogar familiar. Entre ellas aparecen la evaluaci\u00f3n inicial de riesgos, la revisi\u00f3n peri\u00f3dica de las condiciones de trabajo, la adopci\u00f3n de medidas preventivas y la entrega de informaci\u00f3n adecuada a la persona trabajadora.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el propio Real Decreto 893\/2024 contempla expresamente que, cuando existan riesgos excepcionales en un domicilio concreto, deber\u00e1 impartirse formaci\u00f3n complementaria espec\u00edfica a cargo de la persona empleadora.<\/p>\n<p>Por tanto, la formaci\u00f3n general financiada y gestionada p\u00fablicamente no elimina todas las obligaciones preventivas privadas. Ni mucho menos.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> La responsabilidad preventiva principal sigue recayendo en la persona empleadora. Existen riesgos espec\u00edficos que pueden exigir formaci\u00f3n adicional. La documentaci\u00f3n preventiva empieza a adquirir una importancia creciente en este sector.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>La prevenci\u00f3n en el empleo dom\u00e9stico ya no puede abordarse de forma improvisada<\/strong><\/p>\n<p>La publicaci\u00f3n de esta resoluci\u00f3n y de la gu\u00eda t\u00e9cnica del INSST refleja algo que probablemente seguir\u00e1 intensific\u00e1ndose durante los pr\u00f3ximos a\u00f1os. El servicio del hogar familiar se est\u00e1 incorporando progresivamente a din\u00e1micas preventivas y laborales mucho m\u00e1s exigentes.<\/p>\n<p>Y aunque muchas familias perciban todav\u00eda estas obligaciones como algo lejano o excesivamente burocr\u00e1tico, la realidad es que el marco normativo ya est\u00e1 avanzando hacia un modelo mucho m\u00e1s profesionalizado.<\/p>\n<p>La gu\u00eda t\u00e9cnica publicada en 2026 deja adem\u00e1s bastante claro que la prevenci\u00f3n no se limita \u00fanicamente a evitar accidentes f\u00edsicos. Tambi\u00e9n aborda cuestiones como la salud mental, la violencia y el acoso, la protecci\u00f3n de personas especialmente sensibles, los riesgos derivados del trabajo nocturno o la exposici\u00f3n continuada a sobreesfuerzos f\u00edsicos.<\/p>\n<p>En otras palabras, el trabajo dom\u00e9stico empieza a contemplarse desde una perspectiva preventiva mucho m\u00e1s amplia y cercana a la existente en otros sectores laborales.<\/p>\n<p>La Inspecci\u00f3n de Trabajo previsiblemente incrementar\u00e1 el foco sobre este \u00e1mbito.<\/p>\n<p><em>Revisar correctamente las obligaciones preventivas en el servicio del hogar familiar y adaptar la documentaci\u00f3n, formaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de riesgos a la normativa actual puede evitar incidencias laborales, responsabilidades futuras y problemas ante una eventual actuaci\u00f3n de la Inspecci\u00f3n de Trabajo.<\/em><\/p>\n<p>Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n<p>Un cordial saludo,<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el BOE de 15 de mayo de 2026 se ha publicado la Resoluci\u00f3n de 8 de mayo de 2026, por la que se establece el proceso de autoevaluaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de la formaci\u00f3n en materia preventiva realizada por las personas trabajadoras en el \u00e1mbito de la relaci\u00f3n laboral de car\u00e1cter especial del servicio del&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":20670,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-20669","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20669","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=20669"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20669\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":20671,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20669\/revisions\/20671"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/20670"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=20669"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=20669"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=20669"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}