{"id":2740,"date":"2014-03-31T11:11:47","date_gmt":"2014-03-31T09:11:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=2740"},"modified":"2017-08-21T18:47:40","modified_gmt":"2017-08-21T16:47:40","slug":"cambios-en-el-impuesto-sobre-sucesiones-y-donaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/cambios-en-el-impuesto-sobre-sucesiones-y-donaciones\/","title":{"rendered":"CAMBIOS EN EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES"},"content":{"rendered":"<p>Con data catorce de marzo de dos mil catorce, se ha presentado al Consejo de Ministros el Informe de la Comisi\u00f3n de Especialistas para la Reforma del Sistema Tributario De Espa\u00f1a, que incluye doscientos setenta cambios tributarios concentrados en ciento veinticinco propuestas.<br \/>\nAhora les notificamos con m\u00e1s detalle de las medidas fiscales propuestas en relaci\u00f3n con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que nos dejan hacer una posible planificaci\u00f3n fiscal de cara a su entrada en vigor que est\u00e1 prevista para el ejercicio dos mil quince, en el momento en que se apruebe por el Gobierno, y sin perjuicio de los cambios que puedan introducir en este Informe (el documento de los especialistas servir\u00e1 de gu\u00eda al Gobierno que, en todo caso, no trasladar\u00e1 todas y cada una de las recomendaciones a las leyes).<br \/>\nPropuestas de cambios en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones<br \/>\nLa Comisi\u00f3n de especialistas plantea sostener el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (de ahora en adelante, ISD) para progresar la igualdad de ocasiones y favorecer la equidad del sistema, con una serie de modificaciones cuyo objetivo va a ser armonizar la normativa de todo el territorio nacional, lo que significar\u00e1 una subida de los impuestos en las Comunidades Aut\u00f3nomas (CCAA) donde ahora no se tributa.<br \/>\nComo sabemos el ISD pr\u00e1cticamente ha sido suprimido en Comunidades Aut\u00f3nomas como la villa de Madrid en casos de herencias entre familiares directos, al paso que otras autonom\u00edas como Murcia, Andaluc\u00eda o bien Catalu\u00f1a han aumentado el tributo. El informe para la reforma tributaria contempla que se establezca un g\u00e9nero de tributaci\u00f3n m\u00ednimo.<br \/>\nLas CCAA que se van a ver perjudicadas primordialmente son: la capital de Espa\u00f1a, Castilla la M\u00e1cula, Comunidad Valenciana, Arag\u00f3n, Baleares, Canarias y Castilla Le\u00f3n. Si bien La Rioja y Extremadura asimismo van a ver perjudicado su sistema de reducciones.<br \/>\nPara esto la Comisi\u00f3n elabora las pr\u00f3ximas propuestas:<br \/>\n1. Mantenimiento del ISD creando una tributaci\u00f3n m\u00ednima en todo el territorio nacional.<br \/>\ndos. La tarifa impositiva (herencias o bien donaciones) estar\u00eda constituida por solo 3 tipos impositivos aplicables dependiendo del grado de parentesco y sin relaci\u00f3n a la cuant\u00eda ni al patrimonio preexistente de los herederos. As\u00ed, se establecen solo 3 conjuntos de grados de parentesco se\u00f1alando, a t\u00edtulo meramente orientativo, tipos donde podr\u00edan situarse.<br \/>\nEn concreto:<\/p>\n<p>Conjunto A. C\u00f3nyuge, ascendentes y descendientes por l\u00ednea directa, adoptados y adoptantes.<\/p>\n<p>Tipo Reducido. Podr\u00eda situarse en las cercan\u00edas del cuatro o bien cinco por ciento<br \/>\nConjunto B. Familiares colaterales de segundo y tercer grado y familiares por afinidad hasta el tercer grado.<\/p>\n<p>Tipo Medio. Habr\u00eda de ser superior al reducido y cifrarse en el ambiente del siete-ocho euros Conjunto C. Cualquier otra persona no incluida en los conjuntos precedentes.<\/p>\n<p>Tipo m\u00e1s elevado. Superar\u00eda en cualquier caso al medio y podr\u00eda establecerse entre el diez y el once por ciento .<\/p>\n<p>tres. Para sostener la progresividad del impuesto, se plantea un solo m\u00ednimo exento (aplicable a la base imponible ya antes de aplicar el tipo a la base liquidable) fijado por el Gobierno para todo el territorio de r\u00e9gimen com\u00fan y cuya cuant\u00eda deber\u00eda situarse en el ambiente de unos veinte o bien veinticinco euros. Ese m\u00ednimo de exenci\u00f3n ser\u00eda el que diese progresividad a la tarifa lineal de impuesto.<br \/>\ncuatro. Por su lado, en lo que se refiere a las reducciones aplicables en la actualidad en el impuesto:<\/p>\n<p>Deber\u00edan eliminarse :<\/p>\n<p>Las reducciones por parentesco en la base imponible, que ser\u00edan reemplazadas por el establecimiento de tipos impositivos concretos y decrecientes dependiendo de la mayor cercan\u00eda del parentesco.<br \/>\nLa reducci\u00f3n por cantidades percibidas por contratos de seguro de vida.<br \/>\nLa reducci\u00f3n por adquisici\u00f3n de la residencia frecuente de la persona fallecida, con salvedad del c\u00f3nyuge sup\u00e9rstite.<br \/>\nLa reducci\u00f3n por adquisici\u00f3n de recursos del patrimonio hist\u00f3rico art\u00edstico.<br \/>\nLas reducciones sobre la base imponible aplicadas a las adquisiciones inter vivos, con salvedad de las aplicadas a personas con discapacidad.<br \/>\nDeber\u00eda sostenerse :<\/p>\n<p>Un r\u00e9gimen singular de reducciones para las personas con discapacidad.<br \/>\nLa reducci\u00f3n por adquisici\u00f3n consecutiva de recursos, para eludir un exceso de impuesto.<br \/>\nLa reducci\u00f3n por adquisici\u00f3n de empresa individual, de un negocio profesional o bien de participaciones en entidades que sean calificadas de \u201cempresa familiar\u201d, para asegurar la continuidad del negocio.<br \/>\nSe comprender\u00e1 como empresa familiar a efectos de la reducci\u00f3n precedente aquella en la que m\u00e1s del cincuenta por ciento de la propiedad est\u00e9 a cargo de familiares de primer y segundo grado del causante.<br \/>\nEl valor de esa reducci\u00f3n no deber\u00eda superar entre el cincuenta por ciento y el setenta por ciento de la base liquidable, calculada anterior descuento del m\u00ednimo de exenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Dadas estas posibles modificaciones en el ISD, deber\u00edamos examinar caso por caso para planear su sucesi\u00f3n familiar, y si en su caso es recomendable hacer donaciones entre familiares cuya bonificaci\u00f3n del impuesto en ciertas CCAA se va a ver suprimida en una gran parte por la modificaci\u00f3n fiscal que plantea la Comisi\u00f3n de Especialistas para la Reforma del Sistema Tributario De Espa\u00f1a.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\"><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas.<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con data catorce de marzo de dos mil catorce, se ha presentado al Consejo de Ministros el Informe de la Comisi\u00f3n de Especialistas para la Reforma del Sistema Tributario De Espa\u00f1a, que incluye doscientos setenta cambios tributarios concentrados en ciento veinticinco propuestas. 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