{"id":2875,"date":"2014-05-19T13:30:29","date_gmt":"2014-05-19T11:30:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=2875"},"modified":"2018-07-05T13:10:43","modified_gmt":"2018-07-05T11:10:43","slug":"los-contratos-de-alta-direccion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/los-contratos-de-alta-direccion\/","title":{"rendered":"LOS CONTRATOS DE ALTA DIRECCI\u00d3N"},"content":{"rendered":"<h2 style=\"text-align: justify\">En los contratos de alta direcci\u00f3n, el trabajador debe desempe\u00f1ar un efectivo poder de resoluci\u00f3n en la compa\u00f1\u00eda, con total autonom\u00eda y reportando de manera directa al \u00f3rgano de administraci\u00f3n. Si esto no se genera, verdaderamente la relaci\u00f3n laboral es una relaci\u00f3n com\u00fan, y no de alta direcci\u00f3n.<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">Como ya sabe, el planeta jur\u00eddico laboral se identifica por la convivencia de diferentes relaciones laborales de car\u00e1cter singular que conviven as\u00ed como el trabajador por cuenta extra\u00f1a o bien com\u00fan. Las relaciones laborales singulares se hallan reflejadas en el art\u00edculo dos.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y entras se puede destacar la de los atletas profesionales, artistas en espect\u00e1culos p\u00fablicos, estibadores portuarios, penados en instituciones penitenciarias y, la que en esta circular deseamos informarles, el personal de alta direcci\u00f3n.<br \/>\nRegulaci\u00f3n jur\u00eddica y definici\u00f3n de los contratos de alta direcci\u00f3n<br \/>\nLos\u00a0contratos de alta direcci\u00f3n\u00a0aparecen definidos en el art\u00edculo doce del R. D. 1382\/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la\u00a0relaci\u00f3n\u00a0laboral\u00a0de car\u00e1cter singular del\u00a0personal de Alta Direcci\u00f3n.<br \/>\nSe trata de una relaci\u00f3n laboral singular frente al contrato laboral ordinario, sin embargo, no siempre y en todo momento es simple distinguir entre uno y otro.\u00a0La relaci\u00f3n laboral de alta direcci\u00f3n se fundamenta en la rec\u00edproca confianza de las partes.<br \/>\nLo que distingue esencialmente este g\u00e9nero de contratos es que las facultades concedidas, aparte de afectar a \u00e1reas funcionales de incontrovertible relevancia para la vida de la compa\u00f1\u00eda, tienen que estar referidas generalmente a la \u00edntegra actividad de exactamente la misma o bien a aspectos trascendentales de sus objetivos.<br \/>\nLa regla (art\u00edculo doce R. D. 1382\/1985) considera personal de Alta Direcci\u00f3n a aquellos trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jur\u00eddica de la compa\u00f1\u00eda, y los relativos a los objetivos generales de exactamente la misma con autonom\u00eda y plena responsabilidad solo limitadas por los criterios y tambi\u00e9n instrucciones directas manadas de la persona o bien de los \u00f3rganos superiores de gobierno y administraci\u00f3n de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad.<br \/>\nAhora bien, no toda prestaci\u00f3n de servicio de gerencia, o bien de direcci\u00f3n de una compa\u00f1\u00eda da sitio a esta relaci\u00f3n laboral singular, sino va a haber que examinar en todos y cada supuesto si estamos en presencia de una relaci\u00f3n ordinaria, de una relaci\u00f3n singular o bien, aun, de una relaci\u00f3n de tipo mercantil.<br \/>\nAtenci\u00f3n. No resulta f\u00e1cil acotar en el momento en que nos hallamos frente a un genuino alto directivo o bien, por contra, frente a una relaci\u00f3n laboral ordinaria que pretende disfrazarse de la de alta direcci\u00f3n para acogerse a las ventajas que de ello se derivan, singularmente el abono de una indemnizaci\u00f3n de solo siete d\u00edas al a\u00f1o trabajado en el caso de despido en frente de los treinta y tres que percibir\u00eda de ser un trabajador ordinario por cuenta extra\u00f1a. Para esto va a haber que asistir muy frecuentemente a la doctrina y la jurisprudencia laboral.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo ha se\u00f1alado que las facultades concedidas, aparte de afectar a \u00e1reas funcionales\u00a0de incontrovertible relevancia para la vida de la compa\u00f1\u00eda, tienen que estar referidas generalmente a la \u00edntegra actividad de exactamente la misma o bien a aspectos trascendentales de sus objetivos, con\u00a0dimensi\u00f3n territorial plena, o bien referida a zonas o bien\u00a0centros de trabajo nucleares\u00a0para su actividad<br \/>\n\u00bfDe qu\u00e9 forma se formaliza el contrato de alta direcci\u00f3n? \u00bfCu\u00e1l es su duraci\u00f3n y jornada?<br \/>\nLa\u00a0relaci\u00f3n laboral singular\u00a0del personal de alta direcci\u00f3n se fundamenta en la rec\u00edproca confianza de las partes, las que fundamentan el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la buena fe.<br \/>\nSe formalizar\u00e1 por escrito, en ejemplar duplicado, uno para cada parte contratante. En ausencia de acuerdo escrito, se comprender\u00e1 que el empleado es personal de alta direcci\u00f3n cuando se den los presuntos del art\u00edculo ochenta y uno. del Estatuto de los Trabajadores (el contrato de trabajo se va a poder festejar por escrito o bien de palabra. Se alardear\u00e1 existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y en el campo de organizaci\u00f3n y direcci\u00f3n de otro y el que lo recibe a cambio de una remuneraci\u00f3n a aquel) y la prestaci\u00f3n profesional se corresponda con la que define el art\u00edculo doce. del R. D. 1382\/1985, que hemos comentado.<br \/>\nVa a poder concertarse un periodo de prueba que en ning\u00fan caso va a poder sobrepasar de nueve meses, si su duraci\u00f3n es indefinida.<br \/>\nTrascurrido el periodo de prueba sin que se haya producido desistimiento, el contrato generar\u00e1 plenos efectos, comput\u00e1ndose el tiempo de los servicios prestados en la antig\u00fcedad del trabajador en la Empresa.<br \/>\nEl contrato de trabajo va a tener la duraci\u00f3n que las partes acuerden.<br \/>\nLa jornada, horarios, fiestas y permisos, de esta forma para vacaciones, va a ser el fijado en las cl\u00e1usulas del contrato, cuando no configuren posibilidades al cargo del empleado que sobrepasen notoriamente de las que sean frecuentes en el campo profesional pertinente.<br \/>\nAcuerdo de no concurrencia y de permanencia en la Empresa<br \/>\nEl trabajador de alta direcci\u00f3n no va a poder festejar otros contratos de trabajo con otras empresas, salvo autorizaci\u00f3n del empresario o bien acuerdo escrito en contrario. La autorizaci\u00f3n del empresario se alardea cuando la vinculaci\u00f3n a otra entidad fuera p\u00fablica y no se hubiera hecho exclusi\u00f3n de ella en el contrato singular de trabajo.<br \/>\nCuando el alto directivo haya recibido una especializaci\u00f3n profesional a cargo de la compa\u00f1\u00eda a lo largo de un periodo de duraci\u00f3n determinada, va a poder convenirse que el empresario tenga derecho a una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios si aquel abandona el trabajo ya antes del t\u00e9rmino fijado.<br \/>\nEl acuerdo de no concurrencia para tras extinguido el contrato singular de trabajo, que no va a poder tener una duraci\u00f3n superior a dos a\u00f1os, solo va a ser v\u00e1lido si concurren los requisitos siguientes:<br \/>\na)\u00a0Que el empresario tenga un efectivo inter\u00e9s industrial o bien comercial en ello.<br \/>\nb)\u00a0Que se satisfaga al alto directivo una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica conveniente.<br \/>\nPromoci\u00f3n interna<br \/>\nVa a deber formalizarse el contrato escrito en los presuntos en que el trabajador vinculado a una compa\u00f1\u00eda por una relaci\u00f3n laboral com\u00fan promocionase el ejercicio de actividades de alta direcci\u00f3n en esa empresa o bien en otra que sostuviese con ella relaciones de conjunto o bien otra forma asociativa af\u00edn.<br \/>\nEn semejantes supuestos en el contrato se detallar\u00e1 si la nueva relaci\u00f3n singular reemplaza a la com\u00fan precedente, o bien si esta \u00faltima se suspende. Caso de no existir en el contrato especificaci\u00f3n expresa a este respecto se comprender\u00e1 que la relaci\u00f3n laboral com\u00fan queda suspendida. Si se optara por la substituci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral com\u00fan por la singular, tal novaci\u00f3n solo generar\u00e1 efectos una vez trascurridos dos a\u00f1os desde el pertinente pacto novatorio.<br \/>\nEn el caso de simple suspensi\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral com\u00fan precedente, al extinguirse la relaci\u00f3n laboral singular, el trabajador va a tener la opci\u00f3n de reiniciar la relaci\u00f3n laboral de origen, sin perjuicio de las indemnizaciones a que pueda tener derecho como resultado de dicha extinci\u00f3n. Se excluye de esta regla el presunto de la extinci\u00f3n del contrato singular de alta direcci\u00f3n por despido disciplinario declarado procedente.<br \/>\nDerechos colectivos<br \/>\nLos trabajadores altos directivos est\u00e1n excluidos de los mecanismos de repre\u00adsentaci\u00f3n unitaria de los trabajadores en la compa\u00f1\u00eda (encargados de personal y comit\u00e9 de empresa), sin perjuicio de otras formas de representaci\u00f3n. Ello supone, en la pr\u00e1ctica, la frecuente exclusi\u00f3n de estos trabajadores del campo de aplicaci\u00f3n de los convenios colectivos.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto, asesor\u00e1ndole en la realizaci\u00f3n y confecci\u00f3n de un contrato de alta direcci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong><span style=\"color: #000000\">CSF Consulting Abogados y Economistas.<\/span><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los contratos de alta direcci\u00f3n, el trabajador debe desempe\u00f1ar un efectivo poder de resoluci\u00f3n en la compa\u00f1\u00eda, con total autonom\u00eda y reportando de manera directa al \u00f3rgano de administraci\u00f3n. Si esto no se genera, verdaderamente la relaci\u00f3n laboral es una relaci\u00f3n com\u00fan, y no de alta direcci\u00f3n. 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