{"id":3144,"date":"2014-07-17T10:15:04","date_gmt":"2014-07-17T08:15:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=3144"},"modified":"2017-08-21T21:12:48","modified_gmt":"2017-08-21T19:12:48","slug":"nuevas-medidas-en-el-ambito-laboral-con-el-fin-de-contribuir-la-creacion-de-empleo-y-la-ocupacion-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/nuevas-medidas-en-el-ambito-laboral-con-el-fin-de-contribuir-la-creacion-de-empleo-y-la-ocupacion-laboral\/","title":{"rendered":"Nuevas Medidas en el \u00c1mbito Laboral con el Fin de Contribuir a la Creaci\u00f3n de Empleo y la Ocupaci\u00f3n Laboral"},"content":{"rendered":"<h2><\/h2>\n<h2>Se aprueba el Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil (SNGJ)<\/h2>\n<p>Como marco global de actuaciones que encauzar\u00e1 todos los programas, proyectos y acciones de la denominada Acci\u00f3n Juvenil para el Empleo, y al mismo tiempo se aprueban medidas de apoyo a la contrataci\u00f3n de personas beneficiarias del SNGJ consistentes en nuevos incentivos a la contrataci\u00f3n indefinida y en el establecimiento de un nuevo r\u00e9gimen legal aplicable a los contratos formativos. Tambi\u00e9n se establecen modificaciones en materia de empresas de trabajo temporal (ETT) y agencias de colocaci\u00f3n.<br \/>\nEn el BOE del d\u00eda 5 de Julio de 2014 se ha publicado el Real Decreto-ley 8\/2014, de 4 de julio, de aprobaci\u00f3n de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, donde entre otras novedades, se regulan una serie de medidas de fomento de la empleabilidad y la ocupaci\u00f3n, con entrada en vigor el d\u00eda 5 de julio de 2014.<br \/>\nLa norma introduce m\u00faltiples modificaciones en el \u00e1mbito jur\u00eddico-laboral con el fin de contribuir a la creaci\u00f3n de empleo y la ocupaci\u00f3n laboral. A continuaci\u00f3n les informamos de manera resumida de estas medidas que les pueden afectar en sus relaciones laborales.<br \/>\n1. Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil<br \/>\nSe aprueba el Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil (en adelante \u201cSNGJ\u201d), como marco global de actuaciones que encauzar\u00e1 todos los programas, proyectos y acciones de la denominada Acci\u00f3n Juvenil para el Empleo.<br \/>\nEn la norma se regula, por un lado, el r\u00e9gimen general del SNGJ y se establecen por otro, nuevas medidas de apoyo a la contrataci\u00f3n, algunas con entrada en vigor el mismo d\u00eda de publicaci\u00f3n de la norma (esto es, el 5 de julio de 2014), otras encomendadas a un desarrollo inminente.<br \/>\nLos destinatarios son los conocidos \u201cninis\u201d, j\u00f3venes que ni est\u00e1n recibiendo educaci\u00f3n o formaci\u00f3n ni est\u00e1n ocupados, y cuya realidad preocupante, no s\u00f3lo en cifras, pone de manifiesta una frave situaci\u00f3n.<br \/>\n1.1.\u00bfQui\u00e9nes pueden ser beneficiarios del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil?\u00bfQu\u00e9 requisitos debe cumplir?<br \/>\nEl SNGJ tiene por finalidad que las personas j\u00f3venes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educaci\u00f3n o formaci\u00f3n, y que sean mayores de 16 a\u00f1os y menores de 25, puedan recibir una oferta de empleo, educaci\u00f3n, formaci\u00f3n de aprendiz, o pr\u00e1cticas, tras acabar la educaci\u00f3n formal o quedar desempleadas. En el caso con un grado de discapacidad igual o superior al 33% la edad se eleva hasta los 30 a\u00f1os.<br \/>\nPara ello, se crea el fichero del SNGJ, que constituye el sistema oficial de informaci\u00f3n y seguimiento sobre la implementaci\u00f3n de la Garant\u00eda Juvenil en Espa\u00f1a y, como tal, la lista \u00fanica de demanda y el soporte para la inscripci\u00f3n de las personas interesadas en las acciones ejecutadas en el contexto de la Garant\u00eda Juvenil. El fichero se constituye tambi\u00e9n, como la herramienta de seguimiento de las acciones y programas del Sistema y de evaluaci\u00f3n de los resultados alcanzados.<br \/>\nPara beneficiarse de la atenci\u00f3n del SNGJ ser\u00e1 necesario estar inscrito en este fichero.<br \/>\nLas funciones del fichero de registro ser\u00e1s las siguientes, entre otras:<br \/>\nSer soporte de datos de las personas usuarias inscritas voluntariamente.<br \/>\nProporcionar informaci\u00f3n y ser \u00fatil para la planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n del SNGJ.<br \/>\nControlar que las medidas aplicables dentro del SNGJ sean destinadas espec\u00edficamente a los que deben ser los beneficiarios.<br \/>\nContar con perfiles b\u00e1sicos de los j\u00f3venes registrados a efectos de seguimiento de la incidencia de los planes de acci\u00f3n qeu se adopten en favor de los beneficiarios del SNGJ.<br \/>\nEl procedimiento de inscripci\u00f3n en el registro se ha establecido de manera telem\u00e1tica a trav\u00e9s de identificaci\u00f3n electr\u00f3nica (DNI electr\u00f3nico, Certificado electr\u00f3nico u otros medios reconocidos) y con usuario y contrase\u00f1a. Para los supuestos de personas en riesgo de exclusi\u00f3n social y\/o con discapacidad, se podr\u00e1 solicitar la inscripci\u00f3n de forma presencial.<br \/>\nPara inscribirse en el registro de Garant\u00eda Juvenil, as\u00ed como para ser beneficiario de alguna de las medidas, ser\u00e1 necesario, adem\u00e1s de los requisitos de edad, el cumplimiento de los siguientes:<br \/>\nTener la nacionalidad espa\u00f1ola o ser ciudadanos de la Uni\u00f3n de los Estados parte del Acuerdo Econ\u00f3mico Europeo o Suiza que se encuentren en Espa\u00f1a en ejercicio de la libre circulaci\u00f3n y residencia. Tambi\u00e9n podr\u00e1n inscribirse los extranjeros titulares de una autorizaci\u00f3n para residir en territorio espa\u00f1ol que habilite para trabajar.<br \/>\nEstar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional espa\u00f1ol.<br \/>\nNo haber trabajado en los \u00faltimos 30 d\u00edas.<br \/>\nNo haber recibido acciones educativas de m\u00e1s de 40 horas mensuales en los \u00faltimos 90 d\u00edas.<br \/>\nNo haber recibido acciones formativas de m\u00e1s de 40 horas mensuales en los \u00faltimos 30 d\u00edas.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de un compromiso de participaci\u00f3n activa.<br \/>\n1.2. Medidas y acciones del Plan de Garant\u00eda Juvenil<br \/>\nLas acciones y medidas de apoyo o programas se desarrollar\u00e1n principalmente en torno a los cuatro \u00e1mbitos indicado a continuaci\u00f3n y se adoptar\u00e1n, en sus respectivos marcos competenciales, por la Administraci\u00f3n -General del Estado, las administraciones de la comunidades aut\u00f3nomas, las entidades que integran la Administraci\u00f3n Local y por los sujetos y entidades que act\u00faen en el \u00e1mbito privado:<br \/>\nMedidas de mejora de la intermediaci\u00f3n: Se desarrollar\u00e1n actuaciones o medidas que contribuyan a la actividad temprana y al perfeccionamiento de los procesos de intermediaci\u00f3n y movilidad laboral, que podr\u00e1n consistir en actuaciones de orientaci\u00f3n profesional, actuaciones con agencias de colocaci\u00f3n, programas de movilidad y programas de intermediaci\u00f3n educaci\u00f3n-empleo.<br \/>\nMedidas de mejora de la empleabilidad: Actuaciones que contribuyan a la mejora de las aptitudes y competencias profesionales: formaci\u00f3n con compromiso de contrataci\u00f3n, formaci\u00f3n especialmente en idiomas y en tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n, pr\u00e1cticas no laborales en empresas, impulso de la formaci\u00f3n dual, formaci\u00f3n para obtenci\u00f3n de certificados de profesionalidad, etc.<br \/>\nApoyo a la contrataci\u00f3n: Incentivos en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social, fomento de los contratos formativos previstos en la normativa vigente, ayudas al empleo para la contrataci\u00f3n con un per\u00edodo m\u00ednimo de permanencia, formaci\u00f3n y fomento del empleo para el colectivo de j\u00f3venes investigadores, etc.<br \/>\nFomento del emprendimiento: Apoyo y fomento del esp\u00edritu emprendedor, dotaci\u00f3n de ayudas al autoempleo, capitalizaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n por desempleo.<br \/>\nDe forma transversal, se tendr\u00e1 en cuenta el acceso a los programas formativos y al empleo de j\u00f3venes con discapacidad y\/o en riesgo de exclusi\u00f3n social, ya sea a trav\u00e9s del empleo ordinario o del empleo protegido, y se incorporar\u00e1, en todo caso, la perspectiva de g\u00e9nero en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las actuaciones.<br \/>\n1.3. Medidas de apoyo a la contrataci\u00f3n<br \/>\nLas medidas de apoyo a la contrataci\u00f3n se centran en las siguientes:<br \/>\n1.3.1. Bonificaci\u00f3n por la contrataci\u00f3n de personas beneficiarias del SNGJ<br \/>\nSe establece una bonificaci\u00f3n mensual en la aportaci\u00f3n empresarial a la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social de 300\u20ac durante un m\u00e1ximo de 6 meses para la contrataci\u00f3n indefinida de personas beneficiarias del SNGJ, sujeta a las siguientes reglas:<br \/>\nEsta medida ser\u00e1 compatible con el resto de incentivos, siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador aut\u00f3nomo no sea negativo.<br \/>\nLa empresa deber\u00e1 mantener al trabajador al menos 6 meses desde el inicio de la relaci\u00f3n laboral. En caso de incumplimiento de esta obligaci\u00f3n se deber\u00e1 proceder al reintegro de la bonificaci\u00f3n.<br \/>\nAsimismo, los empresarios estar\u00e1n obligados a incrementar con la nueva contrataci\u00f3n tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total y mantener el nuevo nivel alcanzado con la contrataci\u00f3n durante todo el per\u00edodo de disfrute de la bonificaci\u00f3n.<br \/>\nEn el supuesto de que la contrataci\u00f3n sea a tiempo parcial, la jornada ser\u00e1 como m\u00ednimos el 50% aplic\u00e1ndose la bonificaci\u00f3n de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Si la jornada equivale, al menos, a un 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, se aplicar\u00e1 por importe de 225\u20ac.<br \/>\nSi la jornada es, al menos, equivalente a un 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable, se aplicar\u00e1 por importe de 150\u20ac.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n de la bonificaci\u00f3n por parte de cada empresa s\u00f3lo se producir\u00e1 una \u00fanica vez por cada uno de los beneficiarios del SNGJ que contraten, con independencia del per\u00edodo de la bonificaci\u00f3n disfrutado por la empresa por dicho trabajador.<br \/>\nEl Ministerio de Empleo y Seguridad Social examinar\u00e1 el mantenimiento del nivel de empleo indefinido y del nivel de empleo total a los 6 meses de la celebraci\u00f3n del contrato bonificado. Para ello, se utilizar\u00e1n el promedio de trabajadores indefinidos y el promedio de trabajadores totales del mes en que proceda examinar el cumplimiento de este requisito. A estos efectos, no se tendr\u00e1n en cuenta la extinciones de contratos de trabajo por causas objetivos o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes.<br \/>\nEstas bonificaciones se aplicar\u00e1n a todas las contrataciones que se efect\u00faen desde la entrada en vigor de la norma (5 de julio de 2014) hasta el 30 de junio de 2016.<br \/>\nPara poder beneficiarse de las bonificaciones el empleador deber\u00e1 acreditar encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.<br \/>\nEsta medida ser\u00e1 compatible con el resto de incentivos, siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador aut\u00f3nomo no sea negativo, y podr\u00e1 aplicarse a todas las contrataciones que se efect\u00faen desde el 5 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2016.<br \/>\n1.3.2. Incentivos al contrato en pr\u00e1cticas aplicable a beneficiarios del SNGJ<br \/>\nA trav\u00e9s de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducci\u00f3n del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes para los contratos en pr\u00e1cticas. Ahora, a trav\u00e9s del Real Decreto-ley 8\/2014, para las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes, por lo que el incentivo ser\u00e1 del 100% cuando las empresas contraten a j\u00f3venes inscritos en el Sistema de Garant\u00eda Juvenil.<br \/>\nEsta bonificaci\u00f3n adicional ser\u00e1 del 25% en el supuesto de que el trabajador se encontrara realizando pr\u00e1cticas no laborales al amparo del Real Decreto 1543\/2011.<br \/>\nATENCI\u00d3N. La bonificaci\u00f3n se aplicar\u00e1 a todas aquellas contrataciones que se efect\u00faan hasta el 30 de junio de 2016.<br \/>\n1.3.3. Incentivos al contrato a tiempo parcial con vinculaci\u00f3n formativa aplicable a beneficiarios del SNGJ<br \/>\nA trav\u00e9s de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducci\u00f3n de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes (75% de reducci\u00f3n para empresas de m\u00e1s de 250 y 100% para el resto) durante un m\u00e1ximo de 12 meses por la contrataci\u00f3n de j\u00f3venes desempleados menores de 30 a\u00f1os sin empleo anterior, con una experiencia laboral inferior a 3 meses o que procedan de otros sector (recualificaci\u00f3n profesional) y que compatibilicen empleo con formaci\u00f3n. Pues bien, ahora en el Real Decreto-ley 8\/2014 se incluyen como beneficiarios de este incentivo a las personas inscritas en el SNGJ<br \/>\nATENCI\u00d3N. En tal caso, y como excepci\u00f3n, la jornada pactada podr\u00e1 alcanzar el 75% del trabajador a tiempo completo comparable.<br \/>\n1.3.4. Contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje<br \/>\nSe prev\u00e9 (en el plazo de un mes desde el 5 de julio de 2014) que, con car\u00e1cter adicional a las bonificaciones que ya aplican para el contrato par ala formaci\u00f3n y el aprendizaje, puede elevarse la cuant\u00eda m\u00e1xima de las bonificaciones por la actividad formativa de las personas beneficiarias del SNGJ, a trav\u00e9s de la modificaci\u00f3n de su regulaci\u00f3n. En el incentivo que se pueda establecer se tendr\u00e1n en cuenta igualmente los costes inherentes a la necesidad de disponer de un tutor para cumplir con los requisitos formales de esta modalidad contractual.<br \/>\n2. Modificaciones en materia de empresas de trabajo temporal y agencias de colocaci\u00f3n<br \/>\nLa norma contiene novedades en materia de empresas de trabajo temporal (ETT) y agencias de colocaci\u00f3n, pudiendo destacar entre otras las siguientes:<\/p>\n<p>En materia de empresas de trabajo temporal se mantiene la autorizaci\u00f3n administrativa previa para el ejercicio de la actividad, que ser\u00e1 \u00fanica, tendr\u00e1 eficacia en todo el territorio nacional y se conceder\u00e1 sin l\u00edmite de duraci\u00f3n, expirando cuando se deje de realizar la actividad durante un a\u00f1os ininterrumpido. Asimismo, se reduce de 3 meses a 1 mes el plazo para que la autoridad competente resuelva las solicitudes de autorizaci\u00f3n y seguir\u00e1 aplicando el silencio positivo ante falta de resoluci\u00f3n. Por otra parte, se ampl\u00edan las actividades que van a poder desarrollar las empresas de trabajo temporal, a\u00f1adiendo las actividades de formaci\u00f3n para la cualificaci\u00f3n profesional y las de consultor\u00eda y asesoramiento de recursos humano, y se introduce una regla de proporcionalidad respecto del actual requisito de plantilla m\u00ednima (12 trabajadores de estructura por cada 1.000 trabajadores puestos a disposici\u00f3n). Se fija, adem\u00e1s, un m\u00ednimo de 3 trabajadores, por debajo del cual no podr\u00e1 constituirse una empresa de trabajo temporal.<\/p>\n<p>ATENCI\u00d3N. Se establece la aplicaci\u00f3n de la nueva regulaci\u00f3n, en vigor el 5 de julio de 2014, a las ETT que tuvieran en esa fecha autorizaci\u00f3n provisional o definitiva para actuar.<\/p>\n<p>Se elimina la necesidad de autorizaci\u00f3n administrativa previa para las agencias de colocaci\u00f3n, siendo suficiente la declaraci\u00f3n responsable por parte de \u00e9stas indicando que cumplen todos los requisitos exigidos legal y reglamentariamente.<\/p>\n<p>ATENCI\u00d3N. Las agencias de colocaci\u00f3n que tuvieran autorizaci\u00f3n vigente a 5 de julio de 2014 podr\u00e1n seguir desarrollando su actividad en todo el territorio nacional sin necesidad de presentar la mencionada declaraci\u00f3n responsable.<br \/>\n3. Otras medidas en el \u00e1mbito de la econom\u00eda social y del autoempleo<\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #000000;\"><em>Cooperativas de sociedades laborales<\/em>: se extienden las reducciones de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contrataci\u00f3n indefinida a los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, as\u00ed como a los que se incorporen como socios trabajadores de las sociedades laborales.\u00a0<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #000000;\"><em>Ordenaci\u00f3n de los incentivos al autoempleo<\/em>: se incluye un mandato al Gobierno para que proceda a la reordenaci\u00f3n de los existentes, en concreto de los dirigidos al autoempleo en el \u00e1mbito de empleo y Seguridad Social. Con este fin de incluir\u00e1 en una sola disposici\u00f3n todos los incentivos y las bonificaciones y reducciones en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social vigente al 5 de julio de 2014 y se proceder\u00e1, en su caso, a la armonizaci\u00f3n de los requisitos y obligaciones legal o reglamentariamente previstos.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #000000;\"><em>Bonificaci\u00f3n en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social por las pr\u00e1cticas curriculares externas de los estudiantes universitarios y de formaci\u00f3n profesional<\/em>: se establece que las pr\u00e1cticas curriculares externas realizadas por los estudiantes universitarios y de formaci\u00f3n profesional, que tienen el car\u00e1cter exclusivamente de asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su integraci\u00f3n el el R\u00e9gimen General de la Seguridad Social, tendr\u00e1n una bonificaci\u00f3n del 100% en la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social a partir del d\u00eda 1 de agosto de 2014.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #000000;\">Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\"><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se aprueba el Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil (SNGJ) Como marco global de actuaciones que encauzar\u00e1 todos los programas, proyectos y acciones de la denominada Acci\u00f3n Juvenil para el Empleo, y al mismo tiempo se aprueban medidas de apoyo a la contrataci\u00f3n de personas beneficiarias del SNGJ consistentes en nuevos incentivos a la contrataci\u00f3n indefinida&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3154,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[102],"class_list":["post-3144","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-laboral-y-seguridad-social","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3144","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3144"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3144\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3154"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3144"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3144"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3144"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}