{"id":7660,"date":"2016-04-18T09:12:34","date_gmt":"2016-04-18T07:12:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=7660"},"modified":"2017-08-21T16:47:49","modified_gmt":"2017-08-21T14:47:49","slug":"sabe-los-promotores-pueden-pedir-al-municipio-una-bonificacion-del-ibi-los-solares-destinados-la-construccion-le-asistimos-solicitarla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/sabe-los-promotores-pueden-pedir-al-municipio-una-bonificacion-del-ibi-los-solares-destinados-la-construccion-le-asistimos-solicitarla\/","title":{"rendered":"\u00bfSabe que los Promotores Pueden Pedir al Municipio una Bonificaci\u00f3n del IBI de los Solares Destinados a la Construcci\u00f3n? Le Asistimos a Solicitarla\u2026"},"content":{"rendered":"<p>[:es]<\/p>\n<h3><\/h3>\n<h2>Conforme con la Ley de Haciendas Locales:<\/h2>\n<p>Van a tener derecho a una bonificaci\u00f3n de entre el cincuenta por ciento y el noventa por ciento en la cuota \u00edntegra del Impuesto sobre Recursos Inmuebles (IBI), toda vez que de esta forma se pida por los interesados ya antes del comienzo de las obras, los inmuebles que formen el objeto de la actividad de las compa\u00f1\u00edas de urbanizaci\u00f3n, construcci\u00f3n y promoci\u00f3n inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitaci\u00f3n comparable a esta, y no figuren entre los recursos de su inmovilizado.<br \/>\nLe recordamos, conforme con R. D. Legislativo 2\/2004, de cinco de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que las bonificaciones del Impuesto sobre Recursos Inmuebles (IBI) se clasifican en 2 tipos:\u00a0obligatorias\u00a0y\u00a0potestativas.<br \/>\nLas primeras, como bien se\u00f1ala su nombre, son aplicables obligatoriamente por todos y cada uno de los Municipios, al tiempo que las potestativas, son aquellas en la que cada Municipio a trav\u00e9s de ordenanza fiscal va a fijar los aspectos sustantivos y formales de aplicaci\u00f3n, todo ello en los l\u00edmites marcados por la Ley de Haciendas Locales.<br \/>\nBonificaciones obligatorias: Terrenos<br \/>\nEntre estas obligaciones obligatorias, la Ley establece que:<br \/>\nVan a tener derecho a una bonificaci\u00f3n de entre el cincuenta por ciento y el noventa por ciento en la cuota \u00edntegra del Impuesto sobre Recursos Inmuebles (IBI), toda vez que de este modo se pida por los interesados ya antes del comienzo de las obras, los inmuebles que formen el objeto de la actividad de las compa\u00f1\u00edas de urbanizaci\u00f3n, construcci\u00f3n y promoci\u00f3n inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitaci\u00f3n comparable a esta, y no figuren entre los recursos de su inmovilizado.<br \/>\nPor ende, si es promotor y dentro de poco va a efectuar una promoci\u00f3n, recuerde que los terrenos sobre los que la realice tienen una bonificaci\u00f3n del IBI de entre el cincuenta por ciento y el noventa por ciento .<br \/>\nAtenci\u00f3n. En defecto conforme municipal (el Municipio no ha regulado dicha bonificaci\u00f3n), se va a aplicar a los referidos inmuebles la bonificaci\u00f3n m\u00e1xima del noventa por ciento .<br \/>\n\u00bfHay que pedir esta bonificaci\u00f3n? \u00bfExactamente en qu\u00e9 plazo?<br \/>\nPara gozar de esta bonificaci\u00f3n es indispensable pedirla al Municipio ya antes del comienzo de las obras.<br \/>\nEl plazo de aplicaci\u00f3n de esta bonificaci\u00f3n entender\u00e1 desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se comiencen las obras hasta el siguiente a su terminaci\u00f3n, siempre y cuando a lo largo de ese tiempo se efect\u00faen obras de urbanizaci\u00f3n o bien construcci\u00f3n eficaz, y sin que, en ning\u00fan caso, pueda sobrepasar de 3 periodos impositivos.<br \/>\nOtras bonificaciones obligatorias<\/p>\n<p>Residencia de Protecci\u00f3n Oficial (VPO): Van a tener derecho a una bonificaci\u00f3n del cincuenta por ciento en la cuota \u00edntegra del IBI, a lo largo de los 3 periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificaci\u00f3n terminante, las residencias de protecci\u00f3n oficial y las que resulten comparables a estas de conformidad con la normativa de la respectiva comunidad aut\u00f3noma. Dicha bonificaci\u00f3n se conceder\u00e1 a solicitud del interesado, la que va a poder realizarse en cualquier instante precedente a la terminaci\u00f3n de los 3 periodos impositivos de duraci\u00f3n de aquella y surtir\u00e1 efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se pida.<\/p>\n<p>Atenci\u00f3n. Los Municipios van a poder establecer una bonificaci\u00f3n de hasta el cincuenta por ciento en la cuota \u00edntegra del impuesto, aplicable a los convocados inmuebles una vez pasado el plazo previsto en el punto precedente. La ordenanza fiscal determinar\u00e1 la duraci\u00f3n y la cuant\u00eda anual de esta bonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cooperativas agrarias: Van a tener derecho a una bonificaci\u00f3n del noventa y cinco por ciento de la cuota \u00edntegra y, en su caso, del recargo del impuesto a que se refiere el art\u00edculo ciento cincuenta y tres de la Ley de Haciendas Locales, los recursos r\u00fasticos de las cooperativas agrarias y de explotaci\u00f3n comunitaria de la tierra, en los t\u00e9rminos establecidos en la\u00a0Ley sobre R\u00e9gimen Fiscal de las Cooperativas.<\/p>\n<p>Finalmente, hay que tener en consideraci\u00f3n que la Ley establece unos m\u00e1rgenes para estas bonificaciones obligatorias y van a ser las ordenanzas fiscales de cada Municipio, las encargadas de precisar los aspectos sustantivos y formales de cada una de ellas, como las condiciones de compatibilidad con otros beneficios fiscales.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p><span style=\"color: #000000;\"><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong><\/span>[:]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[:es] Conforme con la Ley de Haciendas Locales: Van a tener derecho a una bonificaci\u00f3n de entre el cincuenta por ciento y el noventa por ciento en la cuota \u00edntegra del Impuesto sobre Recursos Inmuebles (IBI), toda vez que de esta forma se pida por los interesados ya antes del comienzo de las obras, los&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":7662,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[91],"class_list":["post-7660","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-fiscal-contable","category-1","description-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7660","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7660"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7660\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7662"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7660"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7660"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7660"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}