{"id":9215,"date":"2016-10-24T12:29:25","date_gmt":"2016-10-24T10:29:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=9215"},"modified":"2017-08-21T17:26:15","modified_gmt":"2017-08-21T15:26:15","slug":"los-bancos-deberan-integrar-las-pymes-los-autonomos-documentos-llamado-informacion-financiera-pyme","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/los-bancos-deberan-integrar-las-pymes-los-autonomos-documentos-llamado-informacion-financiera-pyme\/","title":{"rendered":"Los Bancos Deber\u00e1n Entregar a las Pymes y los Aut\u00f3nomos un Documentos Llamado \u00ab\u00a0Informaci\u00f3n Financiera-Pyme\u00a0\u00bb"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2>Los Bancos Van a deber Dar a las Peque\u00f1as y medianas empresas y los Aut\u00f3nomos un Documentos Llamado \u201cInformaci\u00f3n Financiera-Pyme\u201d.<\/h2>\n<p>Desde el once de octubre de dos mil dieciseis, cuando las entidades decidan anular o bien reducir el flujo de financiaci\u00f3n a sus clientes del servicio peque\u00f1as y medianas empresas y aut\u00f3nomos, aparte de informarles con un aviso previo de 3 meses, les deber\u00e1n hacer entrega de una extensa informaci\u00f3n sobre su situaci\u00f3n financiera \u00a0y tambi\u00e9n historial de pagos en un documento llamado \u201cInformaci\u00f3n Financiera-Pyme\u201d. En tal documentos el banco debe ense\u00f1ar el historial de pagos de los \u00faltimos 5 a\u00f1os (cr\u00e9ditos hist\u00f3ricos y actuales, importes pendientes de amortizaci\u00f3n, impagos\u2026), como un extracto de los movimientos efectuados el \u00faltimo a\u00f1o. Asimismo debe calificar el peligro de la compa\u00f1\u00eda (bajo. medio-bajo, alto\u2026) teniendo presente sus estados financieros, su historial de pagos.<br \/>\nComo ya le notificamos en su d\u00eda, con la aprobaci\u00f3n de la Ley 5\/2015, de veintisiete de abril, de promuevo de la financiaci\u00f3n empresarial, las entidades de cr\u00e9ditos van a deber dar un aviso previo cuando tengan pretensi\u00f3n de no prorrogar, extinguir o bien reducir en un treinta y cinco por ciento o bien m\u00e1s el flujo de financiaci\u00f3n concedido a una pyme. Esta notificaci\u00f3n va a deber mandarse con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de tres meses a la data de vencimiento del contrato de cr\u00e9dito de mayor cuant\u00eda. Este aviso previo se acompa\u00f1a de la obligaci\u00f3n de la entidad financiera de facilitar de manera gratuita a las peque\u00f1as y medianas empresas informaci\u00f3n sobre su situaci\u00f3n financiera y tambi\u00e9n historial de pagos (\u201cInformaci\u00f3n Financiera- Pyme\u201d).<br \/>\nAtenci\u00f3n. Los bancos van a deber cumplir dichas obligaciones desde el pasado once de octubre de dos mil dieciseis, data de entrada en vigor de la Circular 6\/2016, de treinta de junio, del Banco de Espa\u00f1a por la que se determinan el contenido y el formato del documento \u00abInformaci\u00f3n Financiera-PYME\u00bb<br \/>\nAviso previo a las Peque\u00f1as y medianas empresas que dejen de percibir cr\u00e9ditos<br \/>\nPor una parte, van a deber dar un aviso previo cuando tengan pretensi\u00f3n de no prorrogar, extinguir o bien reducir en un treinta y cinco por ciento o bien m\u00e1s el flujo de financiaci\u00f3n concedido a una pyme.<br \/>\nEsta notificaci\u00f3n va a deber mandarse con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de tres meses a la data de vencimiento del contrato de cr\u00e9dito de mayor cuant\u00eda. Para calcular este l\u00edmite del treinta y cinco por ciento se tendr\u00e1 presente el conjunto de contratos de cr\u00e9dito (y cualquiera otros que cumplan una funci\u00f3n de financiaci\u00f3n equivalente) de la pyme concedidos por una misma entidad financiera.<br \/>\nSe comprender\u00e1 que se ha disminuido el flujo de financiaci\u00f3n cuando, en un periodo de 3 meses tras la celebraci\u00f3n de nuevos contratos de financiaci\u00f3n o bien la pr\u00f3rroga de todos o bien ciertos existentes, el flujo de financiaci\u00f3n libre es inferior en, cuando menos, un treinta y cinco por ciento respecto del existente en el instante en que se debi\u00f3 avisar el aviso previo.<br \/>\nAtenci\u00f3n. Exenciones: La entidad financiera va a poder quedar exenta (La Ley prev\u00e9 otras salvedades a esta obligaci\u00f3n, normalmente justificadas, como pueden ser la situaci\u00f3n de concurso de la sociedad, el comienzo de las negociaciones para lograr un pacto de refinanciaci\u00f3n o bien el incumplimiento establecido o bien la resoluci\u00f3n de acuerdo mutuo) de esta obligaci\u00f3n de aviso previo si justifica de forma objetiva que las condiciones financieras de la pyme han empeorado de forma sobrevenida y significativa, siempre que la financiaci\u00f3n concedida por esa entidad represente una parte substancial del flujo de financiaci\u00f3n total de la pyme.<br \/>\n\u201cInformaci\u00f3n Financiera-Pyme\u201d<br \/>\nLa Circular 6\/2016 del Banco de Espa\u00f1a, publicada el once de julio en el BOE, define el contenido y formato del documento \u201cinformaci\u00f3n financiera-Pyme\u201d, y desarrolla una metodolog\u00eda estandarizada para la evaluaci\u00f3n de la calidad crediticia de las peque\u00f1as y medianas empresas y de los aut\u00f3nomos con la que conseguir una calificaci\u00f3n del peligro. Dicha Circular (famosa como \u201cCircular Pyme\u201d) entr\u00f3 en vigor el once de octubre de dos mil dieciseis.<br \/>\nPor \u201cinformaci\u00f3n financiera-Pyme\u201d, se comprende el documento (informaci\u00f3n financiera y tambi\u00e9n historial de pagos) que habr\u00e1 de ser entregado por la entidad financiera a solicitud del cliente del servicio o bien cuando la entidad decida no prorrogar, extinguir o bien reducir el flujo de financiaci\u00f3n a peque\u00f1as y medianas empresas y aut\u00f3nomos en una cuant\u00eda igual o bien superior al treinta y cinco por ciento (lo que requiere un aviso previo de 3 meses). La entidad no va a estar obligada a facilitar este documento cuando el plazo de duraci\u00f3n de la financiaci\u00f3n sea igual o bien inferior a tres meses, cuando la entidad haya resuelto el contrato por incumplimiento de la pyme de sus obligaciones, o bien cuando la entidad ponga fin a las relaciones de negocio o bien operaciones con la pyme en raz\u00f3n de lo previsto en la Ley 10\/2010, de veintiocho de abril, de prevenci\u00f3n del blanqueo de capitales y de la financiaci\u00f3n del terrorismo, entre otros muchos supuestos.<br \/>\nPor consiguiente, si su banco le informa de que no le renueva la financiaci\u00f3n o bien de que se la reduce en m\u00e1s de un treinta y cinco por ciento , demande esa \u201cInformaci\u00f3n Financiera-PYME\u201d.<br \/>\nEn el plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde el instante en que la entidad financiera haya mandado el aviso previo va a deber remitir asimismo a la pyme, de forma gratuita, el documento \u201cInformaci\u00f3n Financiera-Pyme\u201d, y le servir\u00e1 para probar su solvencia, como que su empresa est\u00e1 al d\u00eda de sus obligaciones (en frente de otros bancos, en frente de clientes del servicio o bien distribuidores, etc\u00e9tera).<br \/>\nAtenci\u00f3n. Las peque\u00f1as y medianas empresas van a tener derecho a pedir de la entidad financiera la \u201cInformaci\u00f3n Financiera-Pyme\u201d en cualquier instante (los bancos deben dar la \u201cInformaci\u00f3n Financiera-PYME\u201d siempre y en toda circunstancia, si bien no hayan sobre aviso a la compa\u00f1\u00eda de que no van a renovarle la financiaci\u00f3n), sin perjuicio de que la entidad financiera va a poder cobrar en un caso as\u00ed por la prestaci\u00f3n del servicio.<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, pulse <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Los-bancos-deberan-entregar-a-las-pymes-y-a-los-autonomos-un-documento-llamado-informe-financiero-196.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] Los Bancos Van a deber Dar a las Peque\u00f1as y medianas empresas y los Aut\u00f3nomos un Documentos Llamado \u201cInformaci\u00f3n Financiera-Pyme\u201d. 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