{"id":9463,"date":"2016-11-21T16:10:16","date_gmt":"2016-11-21T15:10:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/?p=9463"},"modified":"2017-08-21T20:34:36","modified_gmt":"2017-08-21T18:34:36","slug":"avance-del-regimen-modulos-irpfiva-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.csfconsulting.es\/fr\/avance-del-regimen-modulos-irpfiva-2017\/","title":{"rendered":"Un Avance del R\u00e9gimen de M\u00f3dulos (IRPF\/IVA) para 2017"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2>Se ha hecho p\u00fablico el Proyecto de Orden:<\/h2>\n<p>Por la que se desarrollan para el a\u00f1o dos mil diecisiete el procedimiento de estimaci\u00f3n objetiva (\u201cm\u00f3dulos\u201d) del IRPF y el r\u00e9gimen singular simplificado del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido. Se sostienen para el ejercicio dos mil diecisiete la cuant\u00eda de los signos, \u00edndices o bien m\u00f3dulos, los \u00edndices como las instrucciones de aplicaci\u00f3n. Adem\u00e1s, se sostiene la reducci\u00f3n del cinco por ciento sobre el desempe\u00f1o neto de m\u00f3dulos, y dismuyen los \u00edndices de desempe\u00f1o neto aplicables a la actividad de servicio de cr\u00eda, guarda y engorde de ganado, con el objetivo de amoldarlos a la realidad actual del \u00e1mbito. Si es un empresario individual y puede tributar en m\u00f3dulos o bien en estimaci\u00f3n directa en el IRPF, antes que concluya el a\u00f1o dos mil dieciseis analice cu\u00e1l de estos m\u00e9todos le resulta interesante m\u00e1s\u2026<br \/>\nCon data de diez de noviembre de dos mil dieciseis, el Ministerio de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica, ha publicado el Proyecto de Orden, por la que se desarrollan para el a\u00f1o dos mil diecisiete el procedimiento de estimaci\u00f3n objetiva (\u201cM\u00f3dulos\u201d) del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF) y el r\u00e9gimen singular simplificado del IVA (Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido). Dicho proyecto, sostiene la estructura de la Orden de dos mil dieciseis y con relaci\u00f3n a el IRPF, se sostienen para el ejercicio dos mil diecisiete la cuant\u00eda de los signos, \u00edndices o bien m\u00f3dulos, los \u00edndices como las instrucciones de aplicaci\u00f3n. Adem\u00e1s, se sostiene la reducci\u00f3n del cinco por ciento sobre el desempe\u00f1o neto de m\u00f3dulos derivada de los pactos alcanzados en la Mesa del Trabajo Aut\u00f3nomo.<br \/>\nSin embargo, dismuyen los \u00edndices de desempe\u00f1o neto aplicables a la actividad de servicio de cr\u00eda, guarda y engorde de ganado, con el objetivo de amoldarlos a la realidad actual de este \u00e1mbito. Este nuevo \u00edndice se va a aplicar del mismo modo al periodo impositivo dos mil dieciseis.<br \/>\nCon lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, asimismo se sostienen para dos mil diecisiete, los m\u00f3dulos, como las instrucciones para su aplicaci\u00f3n, aplicables en el r\u00e9gimen singular simplificado en el a\u00f1o inmediato precedente.<br \/>\nPara finalizar, se sostiene para este periodo la reducci\u00f3n sobre el desempe\u00f1o neto calculado por el procedimiento de estimaci\u00f3n objetiva del IRPF y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del r\u00e9gimen singular simplificado del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido para las actividades econ\u00f3micas desarrolladas en el t\u00e9rmino municipal de Lorca.<br \/>\nR\u00c9GIMEN TRANSITORIO dos mil dieciseis-2017: EXCLUSI\u00d3N DE M\u00d3DULOS<br \/>\nRecuerde que de forma transitoria para los a\u00f1os dos mil dieciseis y dos mil diecisiete, la Ley 48\/2015 de veintinueve de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o dos mil dieciseis, alter\u00f3 los l\u00edmites (elevando determinadas magnitudes) tanto para la aplicaci\u00f3n del procedimiento de estimaci\u00f3n objetiva del IRPF para el r\u00e9gimen simplificado del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido. De esta forma, podemos rememorar lo siguiente:<br \/>\nMagnitudes excluyentes de car\u00e1cter general (M\u00f3dulos IRPF):<\/p>\n<p>El l\u00edmite general del volumen de rendimientos \u00edntegros del a\u00f1o precedente no puede superar los doscientos cincuenta\u20ac, igual\u00e1ndolo al m\u00e1ximo singular establecido para actividades agr\u00edcolas, ganaderas y forestales.<br \/>\nEl l\u00edmite del volumen de desempe\u00f1o \u00edntegro del a\u00f1o precedente pertinente a operaciones por las que est\u00e9n obligados a mandar factura los empresarios en m\u00f3dulos, no va a poder superar los ciento veinticinco mil\u20ac.<br \/>\nTambi\u00e9n, el l\u00edmite en el volumen de compras y servicios en el ejercicio precedente, que no pueden superar los empresarios en m\u00f3dulos previsto para proseguir en el r\u00e9gimen va a ser de doscientos cincuenta\u20ac.<\/p>\n<p>Magnitudes excluyentes espec\u00edficas: para las actividades de transporte de mercader\u00edas por carretera (apartado setecientos veintidos) y los servicios de mudanzas (apartado setecientos cincuenta y siete) se sostienen id\u00e9nticos los importes de los m\u00f3dulos que han aplicado en dos mil dieciseis, como el l\u00edmite m\u00e1ximo de autom\u00f3viles de transporte para continuar acogido a dicho r\u00e9gimen (cuatro autom\u00f3viles cualquier d\u00eda del a\u00f1o). En el caso de transporte de viajantes, el l\u00edmite de autom\u00f3viles m\u00e1ximo es de cinco.<\/p>\n<p>Atenci\u00f3n transportistas: Para aquellos transportistas aut\u00f3nomos que facturen m\u00e1s de setenta y cinco euros a lo largo del a\u00f1o dos mil diecisiete no van a poder seguir acogidos a dicho r\u00e9gimen desde dos mil dieciocho.<\/p>\n<p>Se excluyen de los m\u00f3dulos a las actividades incluidas en las divisiones tres, cuatro y cinco de la secci\u00f3n primera de las Tarifas del IAE sostienes a retenci\u00f3n del 1 por ciento (esto es, las actividades relacionadas con fabricaci\u00f3n y construcci\u00f3n fundamentalmente: alba\u00f1iler\u00eda, fontaner\u00eda, instaladores, carpinter\u00eda, cerrajer\u00eda, pintura\u2026).<br \/>\nLos l\u00edmites para la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen simplificado y del r\u00e9gimen singular de la agricultura, ganader\u00eda y pesca del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido en los ejercicio dos mil dieciseis y 2017: la magnitud excluyente dependiendo del volumen de ingresos para el conjunto de actividades econ\u00f3micas, salvo las agr\u00edcolas, forestales y ganaderas se establece en doscientos cincuenta euros anuales, y como magnitud dependiendo del volumen de las compras en recursos y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio asimismo de doscientos cincuenta euros anuales. En el r\u00e9gimen singular de la agricultura, ganader\u00eda y pesca, la magnitud dependiendo del volumen de las compras en recursos y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio asimismo se establece en doscientos cincuenta euros anuales.<br \/>\nRecuerde que si es un empresario individual y puede tributar en m\u00f3dulos o bien en estimaci\u00f3n directa, antes que concluya el a\u00f1o dos mil dieciseis le es conveniente examinar cu\u00e1l de estos m\u00e9todos le resulta interesante m\u00e1s\u2026<br \/>\nPueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaraci\u00f3n que puedan tener a este respecto.<\/p>\n<p>Para descargarse el texto de la publicaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.csfconsulting.es\/wp-content\/uploads\/Un-avance-del-regimen-de-modulos-para-2017-200.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">pulse aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<p><strong>CSF Consulting Abogados y Economistas,<\/strong>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] Se ha hecho p\u00fablico el Proyecto de Orden: Por la que se desarrollan para el a\u00f1o dos mil diecisiete el procedimiento de estimaci\u00f3n objetiva (\u201cm\u00f3dulos\u201d) del IRPF y el r\u00e9gimen singular simplificado del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido. 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