Se conceden ayudas de hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses, mediante adjudicación directa y en los « supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19 », que serán determinados por las comunidades autónomas. Son ayudas compatibles con cualquier otra ayuda al alquiler que viniere percibiendo la persona arrendataria siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100% del importe del alquiler correspondiente. Estas ayudas solo podrán destinarse al pago de la renta del alquiler o en su caso y en la parte que corresponda a la amortización total o parcial del préstamo suscrito con cuyo importe se pagó la renta del alquiler.
Le informamos que en el BOE del día 11 de abril se ha publicado Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incorporando la nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables sobrevenidos por el COVID-19.
En la Orden se incorpora también un programa de ayudas directas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, sin hogar y especialmente vulnerables, así como posibilita la adquisición viviendas con ayudas del Plan por la Administraciones y Entidades Públicas, con objeto de incrementar el parque público de viviendas
Por otra parte, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ya ha ordenado adelantar, mediante una transferencia urgente, 346 millones de euros correspondientes a la anualidad 2020 del Plan Estatal de Vivienda a las Comunidades Autónomas. A continuación, se transferirán otros 100 millones de euros con el mismo objeto. De esta manera las Comunidades Autónomas disponen ya de recursos para atender todas estas ayudas.
La Orden contempla:
1) En relación con el nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual:
- Se incorpora este programa tras la aprobación del Real Decreto-ley 11/2020, de tal suerte que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla pueden ya disponer de los fondos comprometidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para los ejercicios 2020 y 2021, en los convenios de colaboración para la ejecución del Plan Estatal, para la concesión de estas ayudas.
- Se conceden ayudas de hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses.
- Se concederá la ayuda mediante adjudicación directa y en los « supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19 », que serán determinados por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Entre estos supuestos estarán siempre incluidos y, como mínimo, los definidos en el artículo 5 del RDL 11/2020.
- Las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán concretar el plazo (no pudiendo extenderse en ningún caso más allá del 30 de septiembre de 2020) y forma de presentación de solicitudes, mediante resolución o acuerdo, que será objeto de publicidad, a la mayor brevedad posible.
- Son ayudas compatibles con cualquier otra ayuda al alquiler que viniere percibiendo la persona arrendataria, incluso si fuera con cargo al propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100% del importe del alquiler correspondiente. Son ayudas para atender a la vulnerabilidad sobrevenida por el COVID-19.
- Estas ayudas solo podrán destinarse al pago de la renta del alquiler o en su caso y en la parte que corresponda a la amortización total o parcial del préstamo suscrito (ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del RDL 11/2020), con cuyo importe se pagó la renta del alquiler.
2) En relación con el « programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables »:
- Se trata de ayudas que podrán adjudicarse de forma directa de hasta 900 euros al mes para la renta del alquiler y de hasta 200 euros adicionales para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básico.
- Aceleran una solución habitacional para estas personas, cuya vulnerabilidad puede incluso acrecentarse por la pandemia del COVID-19, en viviendas de titularidad pública. Si no existiera disponibilidad, se pueden aplicar en viviendas de titularidad privada.
3) En relación con la modificación del « programa de fomento del parque de vivienda en alquiler »:
- Se posibilita la compra de viviendas por las Administraciones y Entidades Públicas para incrementar el parque público de viviendas, con ayudas de hasta 400 euros por metro cuadrado útil de vivienda y de hasta el 60% del coste de adquisición.
Medidas urgentes para el pago de alquiler de la vivienda habitual
El pasado 1 de abril se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, que incorporó, entre otras, determinadas medidas para atender la problemática de aquellos arrendatarios que, como consecuencia del impacto social y económico del COVID-19, tengan problemas para atender el pago del alquiler de su vivienda habitual.
Además, planteó medidas como la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, la moratoria de la deuda hipotecaria en determinados supuestos y la modificación excepcional y transitoria de las condiciones contractuales de arrendamiento.
Así mismo, aprobó una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de vulnerabilidad social y económica, como consecuencia de la expansión del COVID-19.
Adicionalmente y en relación directa con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, manda al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a:
- Incorporar un nuevo programa de ayudas denominado « programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual ».
- Sustituir el « programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual » por un nuevo « programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables ».
- Modificar el « programa de fomento del parque de vivienda en alquiler ».
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