¿De qué forma y En qué momento Puede Solicitar el Trabajador la Reducción de Jornada por Guarda Legal?.
Si alguno de sus empleados tiene un hijo menor de doce años, puede pedir una reducción de su jornada diaria de entre un octavo y la mitad con la minoración proporcional de sueldo. También, disfrutan del mismo derecho quienes tengan a su cuidado a un discapacitado o bien a un familiar hasta el segundo grado que, por su edad o bien por culpa de un accidente o bien enfermedad, no pueda valerse por sí solo, y toda vez que en los dos casos la persona cuidada no trabaje. La reducción hay que solicitarla por escrito con una antelación mínima de quince días, y se debe preavisar el final de exactamente la misma asimismo por Acuerdo pueden establecerse otros plazos.
Hoy día es bastante frecuente pedir una reducción de jornada con el propósito de poder conciliar la vida en familia y laboral, o bien al meno, procurarlo. Para esto la legislación laboral, y de Seguridad Social, reconoce mecanismos para poder realizar a la realidad diaria de los trabajadores dicha conciliación.
Reducción de jornada por guarda legal
Quien tiene un hijo o bien un familiar a cargo tiene la posibilidad de reducir su jornada laboral para cuidarle. Es lo que se llama “reducción de jornada por guarda legal”.
De esta manera en el presente artículo trescientos setenta y seis del Estatuto de los Trabajadores (ET) se establece que “quien por razones de guarda legan tenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o bien a una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad remunerada va a tener derecho a una reducción de la jornada laboral diaria, con la minoración proporcional del sueldo entre, cuando menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Va a tener exactamente el mismo derecho quien precise ocuparse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o bien afinidad, que por razones de edad, accidente o bien enfermedad no pueda valerse por sí solo, y que no desempeñe actividad retribuida”.
¿Exactamente en qué supuestos puede pedir la reducción de jornada por motivos familiares?
La reducción de jornada se puede pedir en los próximos supuestos:
Por razones de guarda legal quienes tengan a su cuidado directo:
A hijas o bien hijos menores de doce años (conforme modificación introducida en el artículo trescientos setenta y cinco, primer parágrafo, del Estatuto de los Trabajadores, por el R. D.-ley 16/2013, de veinte de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y progresar la empleabilidad de los trabajadores).
A hijas o bien hijos con discapacidad física, psíquica o bien sensorial que no desempeñe una actividad remunerada.
Por el cuidado de un familiar directo, hasta el segundo grado de consanguinidad o bien afinidad, que por razones de edad, accidente o bien enfermedad no pueda valerse por sí solo y no desempeñe actividad remunerada.
En los casos de nacimientos de hijas o bien hijos prematuros o bien que, por cualquier causa, deban continuar hospitalizados después del parto, la madre o bien el padre van a tener derecho a reducir su jornada laboral hasta un máximo de 2 horas, con la minoración proporcional al sueldo.
¿Hay algún otro supuesto en que se pueda pedir la reducción de jornada?
Sí, la o bien el progenitor, adoptante o bien agradable de carácter preadoptivo o bien permanente, va a tener derecho a una reducción de la jornada laboral, con la minoración proporcional al sueldo de, por lo menos, la mitad de la duración de aquella, para el cuidado, a lo largo de la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo perjudicado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o bien por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, progresivo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público de Salud o bien órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma pertinente y, como máximo, hasta el momento en que el menor cumpla los dieciocho años.
Por acuerdo colectivo, se van a poder establecer las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se van a poder amontonar en jornadas completas.
¿A lo largo de cuánto tiempo puedo pedir la reducción de jornada por cuidado de familiares?
En el presunto de reducción de jornada por cuidado de hijas o bien hijos, la duración máxima del permiso es hasta el momento en que cumpla doce años. En el resto supuestos no hay ningún límite en lo que se refiere a la duración máxima del permiso de reducción de jornada.
¿Cuánto tiempo se puede reducir la jornada?
Por Ley, la reducción de jornada por lo menos deber ser un octavo (1/8) y como máximo la mitad (1/2) de la jornada.
Si la reducción no está en estos márgenes se tiene que reflejar en el documento de petición y concesión que la reducción tiene exactamente la misma protección que la prevista legalmente.
ATENCIÓN. Recuerde los cambios que la reforma laboral de dos mil doce introdujo en esta materia:
Ya antes, jornada ordinaria. Ya antes de la reforma laboral, los trabajadores que deseaban gozar de la reducción de jornada podían aplicar dicha reducción sobre su jornada ordinaria. O sea, un empleado que redujese su jornada semanal en 8 horas podía parar de trabajar un día completo por semana.
Ahora, jornada diaria. Tras la reforma, la reducción solo puede aplicarse sobre la jornada diaria. Así, si un trabajador desea reducir su jornada, va a poder hacerlo, mas va a deber trabajar todos y cada uno de los días de la semana (a menos que acuerde otra cosa con la compañía).
Si se reduce la jornada laboral por cuidado de familiares ¿qué cantidad de sueldo se ve reducida?
El sueldo se reduce de forma proporcional a la reducción de jornada.
Si se goza una reducción de jornada en un octavo, el sueldo se reduce proporcionalmente en un octavo, si la reducción de la jornada es de la mitad de la jornada, el sueldo se reduce la mitad.
La reducción salarial afecta tanto al sueldo como a los complementos salariales que figuren en la nómina y por los que se cotice a la Seguridad Social.
Si se pide una reducción de jornada por cuidados familiares ¿puede la compañía obligar a la trabajadora a desarrollar el horario que más le convenga?
No, es la trabajadora o bien el trabajador quien tiene la capacitad de decidir la concreción horaria y la determinación del periodo de reducción de jornada por cuidado de familiares.
ATENCIÓN. Si 2 empleados piden una reducción por guarda legal y esto le daña, puede rechazar la reducción o bien la concreción horaria pedida a uno de ellos. Una solución es la contratación de un substituto por la una parte de jornada reducida.
¿Qué se puede hacer si hay discrepancias entre la compañía y la trabajadora o bien el trabajador sobre la concreción horaria o bien la determinación del periodo de disfrute?
En el presunto que no exista pacto sobre la concreción horaria o bien la determinación del periodo de disfrute del permiso, se debe presentar una demanda frente a los Juzgados de lo Social a fin de que se reconozca el ejercicio de este permiso, en el plazo de 2o días hábiles, desde que la compañía le comunique su negativa o bien su desacuerdo con la propuesta efectuada.
El procedimiento va a ser urgente y se le va a dar tramitación preferente, conforme con lo previsto en la Ley 36/2011, de diez de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
¿Hay algún plazo de tiempo para pedir la reducción de jornada por cuidado de hijas y también hijos?
Sí, salvo fuerza mayor, la trabajadora o bien el trabajador va a deber preavisar a la compañía con una antelación de 15 días o bien la que se determine en el acuerdo colectivo aplicable, precisando la fehca en que comenzará y concluirá la reducción de la jornada.
Se puede ejercer este derecho en cualquier instante en el periodo de disfrute reconocido por la Ley, hasta el momento en que el o bien la menor cumpla doce años.
¿La petición de reducción de jornada puede hacerse por escrito o bien es válido que se haga de forma verbal?
La Ley no demanda que se haga por escrito, mas por cuestiones de seguridad jurídica para la trabajadora o bien trabajador, es recomendable que la solicitud de reducción de jornada se haga siempre y en todo momento por escrito.
En el escrito hay que hacer constar cuanto se marcha a reducir la jornada, el horario de trabajo que se plantea efectuar a consecuencia de la reducción de jornada y la data de comienzo.
¿Hay que emplear algún modelo oficial para comunicar la petición de reducción de jornada?
No, no se demanda ningún modelo oficial. Sin embargo, existen modelos incorporados como anejos en ciertos convenios colectivos.
Una vez finalizado el periodo de reducción de la jornada laboral por cuidado de familiares, ¿Hay algún plazo para comunicar la reincorporación a la jornada ordinaria de trabajo?
Sí, la Ley fuerza al la trabajadora o bien al trabajador a comunicar a la compañía con quince días de antelación, la data en que se reincorporará a su jornada ordinaria de trabajo.
¿Puede el padre pedir la reducción de jornada por cuidado de hijas y también hijos o bien de otros familiares caso de que la madre no sea trabajadora por cuenta extraña?
Sí. La ley reconoce que la reducción de jornada por cuidados familiares es un derecho individual de los trabajadores, hombre y mujeres.
Esto quiere decir que cualquiera de los progenitores puede pedir la reducción de jornada con independencia de la situación laboral del otro, aun las dos pueden pedirla al tiempo. La única salvedad legal es caso de que los dos progenitores trabajen en exactamente la misma empresa y pidan la reducción de jornada para cuidar a la hija o bien hijo o bien familiar, en tal caso la compañía va a poder limitar este derecho a uno de ellos.
¿Pueden despedir por pedir y/o ejercer el derecho a la reducción de jornada por cuidado de familiares?
No. Se trataría de un despido nulo por transgresión de derechos esenciales, frente al que hay que demandar a la compañía antes que transcurran los veinte días siguientes a la notificación del despido.
Si consecuencia de la reducción de jornada por cuidados familiares se reduce proporcionalmente el sueldo y las bases de cotización a la Seguridad Social, ¿De qué forma afecta esta reducción a las futuras posibilidades de Seguridad Social? ¿Y en el caso de desempleo?
A lo largo de los 2 primeros años de reducción de jornada por cuidado de hijas y también hijos menores de doce años y a lo largo del primer año de reducción por cuidado de otros familiares, las cotizaciones se computan aumentadas hasta el cien por cien de la cuantía que hubiese correspondido si se hubiese mantenido la jornada de trabajado sin dicha reducción, a efectos del cálculo de las posibilidades de Seguridad Social por incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad, paternidad y jubilación.
En el caso del cálculo de las posibilidades por desempleo no existe límite de disfrute de la reducción de jornada por cuidados familiares y siempre y en todo momento se van a ver aumentadas hasta el cien por ciento de las cotizaciones que debiesen haberse realizado de no haber existido la reducción.
¿En el de ser despedida o bien despedido si está gozando de una reducción de jornada por cuidado de hijas y también hijos o bien otros familiares, la indemnización por despido se calcula sobre el sueldo íntegro o bien reducido?
En un caso así, el cálculo de la indemnización va a ser el que hubiera correspondido a la trabajadora o bien trabajador sin estimar la reducción de jornada realizada, siempre y cuando no hubiese trascurrido el plazo máximo legalmente establecido para dicha reducción. En este último caso va a depender de la voluntad de la compañía.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
CSF Consulting Abogados y Economistas,
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