En el BOE del 30 de marzo, se ha publicado la Orden SND/307/2020, en vigor el mismo día de su publicación y de aplicación durante la vigencia del permiso retribuido recuperable regulado en el Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo (entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive), que por un lado, especifica que están fuera del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 10/2020 los trabajadores por cuenta propia y las actividades de representación sindical y patronal.
Como ya le hemos informado, el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19 durante el periodo entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive.
Pues bien, la Orden SND/307/2020 establece unos criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y en concreto aclara lo siguiente:
- El Real Decreto 463/2020, solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma y que el RDL 10/2020 no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia.
- Las actividades de representación sindical y patronal no están afectadas por las restricciones de movilidad contenidas en el Real Decreto 463/2020 y en el Real Decreto-ley 10/2020, con el fin de garantizar la asistencia y asesoramiento a personas trabajadoras y empleadores.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
CSF Consulting Abogados y Economistas,
Madrid, a 31 de marzo de 2020