La Ley 26/2015, de veintiocho de julio, de modificación del sistema de protección a la niñez y a la adolescencia establece la obligación de acreditar, para quienes pretendan acceder o bien ejercer profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto frecuente con menores, que no tienen antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales. Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Criminales Sexuales, desde el 1 de marzo de dos mil dieciseis, la ausencia de antecedentes se acreditará a través de el certificado de penados.
Les notificamos que la Ley 26/2015, de veintiocho de julio, de modificación del sistema de protección a la niñez y a la adolescencia establece la obligación de acreditar, para quienes pretendan acceder o bien ejercer profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto frecuente con menores, que no tienen antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales.
Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Criminales Sexuales, el próximo 1 de marzo de dos mil dieciseis, la ausencia de antecedentes se acreditará a través de el certificado de penados, que puede ser conseguido mediante diferentes canales.
Atención. Educadores, profesionales de servicios de pediatría, catequistas, cuidadores y canguros, monitores de tiempo libre infantil y juvenil, técnicos de actividades deportivas y lúdicas relacionadas con menores, voluntarios de ONG, desarrollo en la niñez y es posible que hasta los empleados y empleadas de hogar, van a estar obligados a contar con de un certificado de antecedentes penales concreto para ejercer su profesión y declarar su ausencia de antecedentes penales relacionados, particularmente, con la seguridad del menor.
¿De qué manera se pedirá en certificado de antecedentes penales desde el 1 de marzo?
En el caso de los trabajadores, pueden hacerlo por medio de la web del Ministerio de Justicia, por correo postal, o bien de forma presencial en los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas y a la de cualquier Administración Local.
Las entidades en las que se trabajará con menores pueden pedir el certificado de sus trabajadores de manera conjunta, anterior expreso consentimiento de estos.
Atención. Las personas que trabajan con menores en el campo de una relación laboral con una Administración Pública, no es preciso que lo pidan de forma personal y también personalizada, siendo suficiente con autorizar a la administración para la que trabajan a que acceda a su información penal por medio de la Plataforma de Intermediación de Datos que administra el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los ciudadanos que opten por la petición telemática, deben tener en consideración que el sistema operativo del PC debe estar actualizado (se precisa contar con de últimas versiones de Windows, últimas o bien penúltimas versiones de los navegadores Google Chrome o bien IE); deben tener un certificado digital de usuario válido (documento de identidad electrónico, FNMT) y el abono de la tasa debe haberse efectuado en las entidades que están adheridas a la pasarela de pago del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Desde el 1 de marzo, con la entrada en vigor del R. D. 1110/2015, de once de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Criminales Sexuales, el certificado de antecedentes penales por delitos sexuales va a ser concreto y gratis, y se va a poder pedir de idéntica forma que el presente certificado de penados.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaración que puedan tener a este respecto.
CSF Consulting Abogados y Economistas, [:]