En el BOE del día ocho de octubre de dos mil dieciseis se ha publicado la relación de Fiestas Laborales para el año dos mil diecisiete. Con esto, se facilita el conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.
Se publican tanto:
Las fiestas de campo nacional, remuneradas y no recuperables no remplazables por las Comunidades Autónomas (CCAA).
Las fiestas que las Comunidades Autónomas pueden seleccionar entre festejar en su territorio o bien reemplazarlas por otras (que por tradición les sean propias).
¡Atención! El año dos mil diecisiete cuenta con doce fiestas nacionales -hay nueve festivos obligatorios-, mas no todas y cada una se festejarán de forma simultánea en todas y cada una de las comunidades. A las fiestas nacionales se aúna la propia de cada zona y 2 de cada ayuntamiento.
específicamente, ocho de estos doce días van a ser festivos nacionales no sustituibles: catorce de abril (viernes), 1 de mayo (lunes), quince de agosto (martes), doce de octubre (jueves), 1 de noviembre (miércoles), seis de diciembre (miércoles), ocho de diciembre (viernes) y veinticinco de diciembre (lunes). Además de esto a todos estos festivos se aúna otro más, el seis de enero Día de Reyes (viernes), que va a ser celebración en todas y cada una de las comunidades autónomas por el hecho de que ninguna zona ha decidido mudar este festivo a otro día.
Hay otros cuatro días festivos nacionales que las comunidades autónomas pueden sustituir: el dos de enero (lunes tras Año Nuevo), que va a ser festivo solamente en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia y Melilla, y el trece de abril (Jueves Santurrón), que va a ser celebración en todas y cada una de las comunidades autónomas menos en Cataluña, zona que ha optado por trasladarlo al diecisiete de abril (Lunes de Pascua).
Fiestas Nacionales
Los días de fiestas nacionales (días festivos – no laborables) serán:
dos de enero: lunes siguiente a Año Nuevo (solo en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia y Melilla)
seis de enero: Epifanía del Señor (festivo en toda España)
trece de abril: Jueves Beato (en toda España salvo en Cataluña)
catorce de abril: Viernes Santurrón (en toda España)
1 de mayo: Celebración del Trabajo (en toda España)
veinticinco de julio: Santiago Apóstol (Galicia y Navarra)
quince de agosto: Asunción de la Virgen (en toda España)
doce de octubre: Celebración Nacional de España (en todas y cada una de las comunidades)
1 de noviembre: Día de todos y cada uno de los Santurrones (en toda España)
seis de diciembre: Día de la Constitución De España (en toda España)
ocho de diciembre: Inmaculada Concepción (en toda España)
veinticinco de diciembre: Natividad del Señor (en toda España)
Fiestas de las comunidades
Las comunidades autónomas fijan sus festivos y los ayuntamientos declaran asimismo sus fiestas en un par de días del año. Específicamente como fiestas propias de las Comunidades Autónomas, tenemos:
veintiocho de febrero: Día de Andalucía.
1 de marzo: Día de las Islas Baleares.
veinticuatro de abril: Día de Aragón y Día de Castilla y León.
dos de mayo: Día de la Comunidad de la capital de España.
treinta de mayo: Día de Canarias
treinta y uno de mayo: Día de Castilla- La Mácula
nueve de junio: día de la Zona de Murcia y de la Rioja
veinticinco de julio: Día Nacional de Galicia
veintiocho de julio: Día de las Instituciones de Cantabria
dos de septiembre: Día de Ceuta
ocho de septiembre: Día de Asturias y Extremadura
once de septiembre: Celebración Nacional de Cataluña
nueve de octubre: Día de la Comunidad Valenciana
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 50/2016, de nueve de mayo, por el que se determina el Calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año dos mil diecisiete dispone que: En las islas del Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales van a ser, además de esto, las siguientes: en el Hierro: el 1 de julio, Bajada de la Virgen de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el quince de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el ocho de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en la Gomera: el nueve de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en Lanzarote: el quince de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en la Palma: el cinco de agosto, festividad de Nuestra Señora de las Nieves; en Tenerife: el dos de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria.
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/137/2016, de treinta de mayo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año dos mil diecisiete dispone que, “De las 13 fiestas mencionadas…habrá una, a seleccionar, entre el seis de enero (Reyes), el diecisiete de abril (Lunes de Pascua Florida), el veinticuatro de junio (San Juan) y el veintiseis de diciembre (San Esteban) que va a tener el carácter de recuperable. Las otras 12 van a ser de carácter remunerado y no recuperable. Además, se dispone que: “En el territorio de Arán,… la celebración del veintiseis de diciembre (San Esteban) queda reemplazada por la del día diecisiete de junio (Celebración de Arán)”.
A continuación puede consultar el cuadro general de las fiestas laborales 2017: https://www.boe.es/boe/dias/2016/10/08/pdfs/BOE-A-2016-9244.pdf
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