Al resguardar un diseño en la Oficina de Patentes y Marcas:
Su titular consigue el derecho exclusivo de impedir que terceros lo reproduzcan o bien imiten sin su autorización. Además de esto, distingue nuestros productos de los contendientes, mejora la imagen de nuestra empresa, son compatibles con otros derechos de Propiedad Industrial y son esenciales activos intangibles que se pueden licenciar, vender, hipotecar, y heredar.
En el desarrollo de actividades mercantiles es esencial establecer relaciones de confianza entre empresas y usuarios. En esas relaciones juega un papel esencial el nombre de tu empresa y el de los productos o bien servicios que desees comercializar.
Pue bien, la manera que le demos a estos productos le agrega valor, les distingue del resto e inclusive puede ser el motivo primordial de adquiere del consumidor. Puede resguardar esas formas a través de Diseños Industriales.
¿Qué son los diseños industriales?
En el campo de la Propiedad Industrial se comprende por diseño industrial la apariencia o bien ornamentación de un producto o bien de una parte de él, que hacen que visualmente sea diferente a otro sin tener en consideración ninguna de sus peculiaridades técnicas o bien funcionales. La definición de producto es amplísima y abarca tanto productos industriales como artesanales.
Como norma, un diseño industrial puede consistir en:
objetos tridimensionales, p. ej. Muebles, zapatos elementos bidimensionales, o sea ornamentaciones,
una combinación de los precedentes
aparte de lo que podemos estimar de forma tradicional como diseño, asimismo pueden resguardarse como semejantes las estructuras arquitectónicas, un escenario, la predisposición del interior de una tienda, un escaparate, una portada de un libro o bien gaceta, una página o bien una tipografía.
Los diseños industriales se aplican a una extensa pluralidad de productos de la industria y la artesanía: instrumentos técnicos, artículos de gran lujo, electrodomésticos, automóviles, estructuras arquitectónicas, estampados textiles, etcétera
Un diseño industrial he de ser no funcional. Esto quiere decir que el carácter de un diseño industrial es fundamentalmente estético y la legislación no resguarda ninguno de los rasgos técnicos del artículo al que se aplica.
Van a poder darse de alta los diseños que sean nuevos y tengan carácter singular.
Un diseño es nuevo cuando ningún otro diseño idéntico haya sido hecho alcanzable al público ya antes de la data de presentación de la petición de registro o bien, si se reclama prioridad, ya antes de la data de prioridad.
Un diseño tiene carácter singular cuando la impresión general que genere en el usuario informado difiera de la impresión general producida en tal usuario por cualquier otro diseño que haya sido hecho alcanzable al público ya antes de la data de presentación de la petición de registro o bien, si se reclama prioridad, ya antes de la data de prioridad.
Debe asimismo ser perceptible, puesto que no se resguardan elementos que continúan ocultos en su empleo frecuente.
¿Qué diferencia hay entre diseño industrial y modelo útil?
En los modelos útil se resguardan invenciones técnicas que resuelven inconvenientes técnicos al paso que en los diseños industriales se resguarda solo la apariencia externa de un producto. El alcance de protección de un diseño industrial no llega a las peculiaridades dictadas solamente por su función técnica. Por poner un ejemplo, la protección de un diseño de un destornillador alcanzaría solo a la manera del mango que aceptaría opciones alternativas, mas no a la punta cuya forma viene determinada por la función de ajustarse a un tornillo.
¿De qué manera resguardar un diseño industrial con efectos en España?
La protección en España se consigue de múltiples formas:
– Vía nacional: La petición se realiza siguiendo los requisitos establecidos por Ley 20/2003, de siete de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
– Vía comunitaria: Existe la posibilidad de conseguir un DISEÑO COMUNITARIO a través de una sola petición, que va a poder presentarse a elección del demandante frente a la Oficina De España de Patentes y Marcas (OEPM) para su traslado (a través de el pago de una tasa de transmisión) a la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO). Dicho diseño es en todos y cada uno de los sentidos único, concediéndose, denegándose o bien anulándose para todo el territorio de la UE.
– Vía internacional: Por este procedimiento, regulado por el Arreglo de la Haya que entiende las Actas de mil novecientos treinta y cuatro, mil novecientos sesenta, y el Acta de Ginebra de mil novecientos noventa y nueve, es posible efectuar
una petición compagina para sesenta y cuatro países o bien zonas. La aplicación del Acta de mil novecientos treinta y cuatro está suspendida desde el 1 de enero de dos mil diez.
¿Para qué vale resguardar un Diseño Industrial?
Al resguardar un diseño en la OEPM su titular consigue el derecho exclusivo de impedir que terceros lo reproduzcan o bien imiten sin su autorización. Además:
Distingue nuestros productos de los contendientes
Mejora la imagen de nuestra empresa
Son compatibles con otros derechos de Propiedad Industrial
Son esenciales activos intangibles que se pueden licenciar, vender, hipotecar, y heredar.
Atención. Un diseño industrial agrega valor al producto, lo hace más atrayente y atractivo a los clientes del servicio y puede aun transformarse en el primordial motivo de adquiere del producto. En consecuencia, la protección de los diseños valiosos acostumbra a ser una parte esencial de la estrategia comercial de cualquier diseñador o bien fabricante.
¿Cuánto dura la protección de un Diseño?
El registro del diseño se da por 5 años contados desde la data de presentación de la petición, y puede renovarse por uno o bien más periodos consecutivos de 5 años hasta un máximo de veinticinco años.
La Clasificación de Locarno
La Clasificación de Locarno, establecida por el Arreglo de Locarno (mil novecientos sesenta y ocho), es una clasificación internacional que se emplea a los fines del registro de los diseños industriales. La undécima edición de la Clasificación entró en vigor el 1 de enero de dos mil diecisiete.
El demandante no tiene obligación de señalarla cuando presenta la petición, puesto que la protección que se consigue al registrar un diseño es independiente de su clasificación. La finalidad de la clasificación es, sobre todo, a efectos de busca, no de protección en sí.
Para más información:
Tabla de concordancia entre la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y Clasificación Internacional de Diseños Industriales (Clasificación de Locarno)
Herramienta de busca para la clasificación de Locarno
Clasificación Internacional de Diseños Industriales (Clasificación de Locarno)
Fuente: Ministerio de Industria, Energía y Transporte. Oficina De España de Patentes y Marcas
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CSF Consulting Abogados y Economistas.