La Orden PRE/563/2014, de diez de abril, publica el Pacto de la Comisión Encargada del Gobierno para Temas Económicos de veinte de febrero de dos mil catorce:
Por el que se instruye al ICO a la instrumentación de la Línea «ICO Agenda Digital 2014» y por el que se establece la normativa reguladora de los préstamos pertinentes a la Línea «ICO Agenda Digital 2014».
El Instituto de Crédito Oficial va a abrir la Línea «ICO Agenda Digital 2014» con la meta de suministrar financiación ICO a las compañías de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para la realización de proyectos de inversión fuera del territorio nacional y satisfacer sus necesidades de liquidez.
Las operaciones de financiación formalizadas a cargo de esta línea se regirán por la normativa que figura como anejo del Pacto y por el acuerdo de cooperación que a dicho efecto se subscribirá entre el ICO y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
1. ¿QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE?
Van a poder contar con de dicha Línea de financiación los autónomos, empresas y entidades privadas españolas (empresas domiciliadas en España y empresas que estando domiciliadas en el extranjero cuenten con mayoría de capital de España y desarrollen su actividad en el ámbito TIC).
Están incluidas en el ámbito TIC aquellas empresas cuyo Código Nacional de Actividad sea ciertos establecido en la Tabla de CNAES del anejo II:
Fabricación de equipos y componentes electrónicos y de telecomunicaciones
Actividades informáticas como la edición de juegos para videoconsolas, de portales web
Reparación de equipos informáticos y actividades de telecomunicación por cable, satélite, inalámbrica o bien cualquier otra
dos. ¿QUÉ INVERSIONES PUEDO FINANCIAR?
Se pretende estimular la internacionalización de las compañías españolas. Por este motivo, se concederá financiaciones para inversiones fuera del territorio nacional, hasta el cien por ciento del proyecto (más Impuesto sobre el Valor Añadido o bien impuesto de equivalente naturaleza), y para financiar necesidades de liquidez.
Las acciones que pueden beneficiarse de estas operaciones de financiación son:
La adquisición de activos fijos productivos, nuevos o bien de segunda mano
La adquisición de automóviles turismos cuyo costo no supere los treinta euros La adquisición de empresas
La creación de empresas en el extranjero
Las necesidades de liquidez con el límite de hasta el cincuenta por ciento del importe de la financiación total, que se va a poder acrecentar hasta el cien por ciento de operaciones hasta 1 año y a dos y a tres años.
tres. CUANTÍA Y CONDICIONES
Las operaciones de financiación se gestionarán en las oficinas de las entidades de finanzas que hayan subscrito con el ICO el Contrato Marco de las Líneas ICO dos mil catorce y que se hayan adherido a la Línea de financiación «ICO Agenda Digital 2014».
Estas operaciones entre el cliente del servicio y la entidad de finanzas van a deber instrumentarse a través de un contrato de préstamo o bien de leasing.
Las clases de interés, los plazos de amortización y otras condiciones se concretan en el Pacto de referencia (Apdos. 4º y 5º).
El importe de financiación máxima amontonada por usuario, en una o bien múltiples operaciones, va a ser de quinientos mil euros (quinientos€).
Las inversiones van a deber efectuarse fuera del territorio nacional y no van a poder tener una antigüedad superior a la entrada en vigor de la Línea de Financiación «ICO Agenda Digital 2014».
Van a deber ejecutarse en el plazo máximo de un año a contar desde la data de la firma de la financiación entre el usuario y la entidad de finanzas.
La entidad de finanzas va a poder pedir al cliente del servicio las garantías que considere oportunas.
Este tramo de financiación está sometido a la condición de ayudas de mínimis de la UE, reguladas en el Reglamento (CE) n.º 1407/2013, de dieciocho de diciembre de dos mil trece.
Es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades autónomas y otras instituciones, debiendo respetar los máximos establecidos por la UE.
La formalización de las operaciones entre el usuario y la entidad de finanzas no requerirá la evaluación y aprobación anterior del MINETUR, sin perjuicio de las auditorias siguientes.
cuatro. ¿HASTA CUÁNDO PUEDO REALIZAR LA SOLICITUD PARA LA FINANCIACIÓN ICO?
El plazo para pedir las operaciones de financiación ICO empezará cuando el este declare abierta la línea de financiación en su página Web (Para acceder pulse acá) y concluirá el quince de Diciembre de dos mil catorce, a menos que se agoten de antemano a esa data los fondos de la línea de financiación dotada presupuestariamente, en tal caso acabará en tal data.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaración que puedan tener a este respecto.
CSF Consulting Abogados y Economistas.