Las ayudas van a tener la manera de préstamos reembolsables.
El género de interés se determinará en la convocatoria, siendo en todo caso, igual o bien superior al género de interés Euribor a un año publicado por el Banco de España pertinente por mes precedente a la aprobación de la convocatoria o bien, en su caso, por mes precedente a su concesión. El plazo máximo de amortización va a ser de diez años, 3 de ellos de falta. Van a poder ser adjudicatarias las sociedades constituidas ya antes del uno de enero de dos mil trece que desarrollen una actividad empresarial industrial productiva.
En el BOE del día ocho de junio, se han publicado las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el campo de la industria conectada cuarenta.
El término de Industria cuarenta es parcialmente reciente y se refiere a la cuarta revolución industrial consistente en la introducción de las tecnologías digitales en la industria.
Hoy en día la industria europea y de España, desde este preciso instante, debe acometer un proceso de transformación digital con la meta de satisfacer las demandas de una sociedad enormemente tecnológica, poco a poco más exigente, cuya satisfacción plantea que la industria debe hacer las cosas de otra manera, haciendo en frente de desafíos como el diseño colaborativo, la flexibilidad y la eficacia en la fabricación, la reducción de series y tiempos de producción, la creación de modelos logísticos inteligentes, la transformación de canales, la predicción de las necesidades del usuario, la hiperconectividad, la trazabilidad multidimensional, la especialización, la creación de ecosistemas industriales de valor, la sostenibilidad y la personalización del producto.
Para esto es necesario introducir y promover el empleo intensivo de las tecnologías en las compañías. Tecnologías como son, por poner un ejemplo, la computación en la nube, el big data, la impresión 3D, la robótica colaborativa, la RA, los sistemas ciberfísicos o bien internet de las cosas.
En este sentido, el Gobierno ha autorizado a la Segregaría General de Industria y la Pequeña y Mediana Empresa a convocar en dos mil dieciseis la concesión de préstamos, por un monto máximo de noventa y siete con cinco millones de euros, para respaldar los proyectos que presenten las compañías industriales para su digitalización y a los proyectos de innovación de procesos y productos de Pequeñas y medianas empresas. Esta línea de ayudas se enmarca en la iniciativa “Industria Conectada 4.0” presentada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el mes de octubre del año pasado.
Peculiaridades de las ayudas
Adjudicatarios
Sociedades que no formen una parte del campo público y desarrollen una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones diez a treinta y dos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE dos mil nueve). En las citadas sociedades, se distinguirán las Pymes.
También, se precisa que las compañías hayan desarrollado dichas actividades por lo menos a lo largo de un periodo de 3 años.
Los proyectos a financiar serán:
Proyectos de investigación industrial: Investigación planeada o bien estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar útil para la creación de nuevos productos, procesos o bien servicios, o bien contribuir a progresar sensiblemente los productos, procesos o bien servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean precisos para investigación industrial, en especial la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de clase científica, tecnológica, empresarial o bien de otro tipo, con vistas a la preparación de planes y estructuras o bien diseños de productos, procesos o bien servicios nuevos, cambiados o bien mejorados. Va a poder incluir, por poner un ejemplo, otras actividades de definición ideal, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios. Entre las actividades va a poder figurar la preparación de proyectos, diseños, planes y demás géneros de documentación siempre que no vaya destinada a usos comerciales.
Proyectos de innovación en materia de organización de PYME: La aplicación de un nuevo procedimiento organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o bien las relaciones exteriores en una PYME; no se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la compañía, los cambios en la estrategia de administración, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, la pura substitución o bien ampliación de capital, los cambios únicamente derivados de alteraciones del coste de los factores, la producción adaptada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional o bien otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o bien significativamente mejorados.
Proyectos de innovación en materia de procesos de PYME: La aplicación de un procedimiento de producción o bien suministro nuevo o bien significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en lo que se refiere a técnicas, equipos o bien programas informáticos) en una PYME; no se incluyen los cambios o bien mejoras de relevancia menor, los incrementos de las capacidades de producción o bien servicio a través de la introducción de sistemas de fabricación o bien logística muy afines a los usados, el abandono de un proceso, la pura substitución o bien ampliación de capital, los cambios solamente derivados de alteraciones del costo de los factores, la producción adaptada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional o bien otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o bien significativamente mejorados.
Peculiaridades
Importe máximo del préstamo: El ochenta por ciento del costo financiable de los proyectos.
Plazo máximo de amortización: Plazo máximo de amortización de diez años incluyendo un periodo de falta de 3 años.
Género de interés: El género de interés se determinará en la convocatoria, siendo en todo caso igual o bien superior al género de interés Euribor a un año publicado por el Banco de España pertinente por mes precedente a la aprobación de la convocatoria o bien, en su caso, por mes precedente a su concesión.
Conceptos susceptibles de ayuda
Se van a poder subvencionar los costos siguientes para los proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental y de innovación en materia de organización y procesos:
Costos de personal.
Costos de instrumental y material inventariable, en la medida y a lo largo del periodo en que se utilice para el proyecto.
Costos de investigación establecido, conocimientos técnicos y patentes adquiridas o bien conseguidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
Gastos generales de manera directa derivados del proyecto.
Otros gastos de explotación auxiliares, incluidos costos de material, suministros y productos afines que se deriven de forma directa de la actividad del proyecto.
Financiación
Intensidades salvajes máximas de ayudas en forma de subvención a los adjudicatarios
Proyectos de investigación industrial:
Empresas NO PYME: Hasta el cincuenta por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Medianas Empresas: Hasta el sesenta por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Pequeñas Empresas: Hasta el setenta por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Proyectos de desarrollo experimental:
Empresas NO PYME: Hasta el veinticinco por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Medianas Empresas: Hasta el treinta y cinco por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Pequeñas Empresas: Hasta el cuarenta y cinco por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Proyectos de innovación en materia de organización y procesos de PYME:
Empresas NO PYME: No aplica
Medianas Empresas: Hasta el cincuenta por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Pequeñas Empresas: Hasta el cincuenta por ciento del costo subvencionable del proyecto.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las peticiones y de la pertinente documentación se determinará en todos y cada convocatoria. En todo caso el plazo de presentación de peticiones no va a poder sobrepasar de cuarenta días hábiles.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaración que puedan tener a este respecto.
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CSF Consulting Abogados y Economistas,