Entre otras muchas medidas resaltan, la prorroga del restablecimiento del Impuesto sobre el Patrimonio asimismo a 2015, se regula el derecho a la compensación fiscal
(este va a ser el último año conforme con la reforma tributaria de la Ley del IRPF) por la percepción de ciertos rendimientos del capital moblaje con periodo de generación superior a un par de años en dos mil catorce. Por otra parte, y teniendo presente la próxima reforma tributaria, ya no se regulan los factores de corrección monetaria para las transmisiones de inmuebles en dos mil quince.
En el Folleto Oficial de las Cortes Generales (BOCG), Congreso de los Miembros del Congreso de los Diputados, de dos de octubre de dos mil catorce, se ha publicado en el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año dos mil quince, que en el campo tributario incorpora distintas medidas, la enorme mayoría de las que con las que frecuentemente recoge esta regla, medidas que inciden en las primordiales figuras del sistema fiscal, aunque pueden padecer cambios en el trámite parlamentario.
Como resumen son las siguientes:
IRPF
Factores de actuación y corrección del valor de adquisición
Ya no se regulan, como otros años, los factores de actualización y corrección (en el caso de inmuebles aprecios a actividades económicas) para las transmisiones de bienes raíces en dos mil quince, a consecuencia de su supresión o bien desaparición prevista en los Proyectos de modificación de la Ley del IRPF y en el nuevo Impuesto sobre Sociedades, hoy en día en trámite parlamentario.
Compensación fiscal por percepción de ciertos rendimientos del capital moblaje con periodo de generación superior a un par de años en dos mil catorce
Se regula en su predisposición transitoria tercera la compensación por la pérdida de beneficios fiscales que afecta a ciertos impositores -perceptores de ciertos rendimientos del capital moblaje con periodo de generación superior a un par de años en dos mil catorce con respecto a los establecidos en la normativa del IRPF actual hasta treinta y uno de diciembre de dos mil seis.
Hay que rememorar, que conforme con la próxima reforma tributaria, este dos mil catorce va a ser el último año en que se va a tener derecho a esta compensación fiscal.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Se prorroga a lo largo de dos mil quince la demanda del impuesto del Impuesto sobre el Patrimonio, previéndose que desde el 1 de enero de dos mil dieciseis se vuelva a desactivar a través de la bonificación en la cuota del cien por ciento .
Debemos rememorar, que el R. D.-ley 13/2011 restituyó el Impuesto sobre el Patrimonio con carácter temporal para los ejercicios dos mil once y dos mil doce tras su supresión práctica desde dos mil ocho a través de la aplicación de una bonificación del cien por ciento introducida por la Ley 4/2008.
Más tarde, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para dos mil trece y dos mil catorce ampliaron para esos ejercicios el régimen aplicable a lo largo de los periodos dos mil once y dos mil doce.
No debemos olvidar que, aunque se trata de una modificación a nivel estatal, las Comunidades Autónomas han hecho empleo de sus potestades normativas al respecto con lo que va a deber tenerse en cuenta la normativa concreta de la Comunidad Autónoma de vivienda.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Factores de corrección monetaria
Como ya hemos comentados al charlar de los factores de actualización de valores en el caso de IRPF, confirmado lo apuntado en el Proyecto de Ley del nuevo Impuesto sobre Sociedades, ya no se regulan los factores de corrección monetaria para las transmisiones de inmuebles en dos mil quince.
OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS
En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) se procede a actualizar la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandiosidades y títulos nobiliarios al 1 por ciento. Además de esto, para los fondos de capital peligro se establece la exención de todas y cada una de las operaciones sostienes a impuesto en la modalidad de operaciones societarias, para comparar su tratamiento al de los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros.
La actualización de los valores catastrales, en alza o bien a la baja, para su adecuación con el mercado inmobiliario está de manera directa vinculada, a nivel municipal, con la data de aprobación de la pertinente comunicación de valores. Con esta finalidad y a la vista de los estudios efectuados al efecto, se establecen diferentes factores dependiendo del año de entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de un procedimiento de valoración colectiva.
Atención. Los factores de actualización de valores catastrales se fijan para dos mil quince de acuerdo al siguiente cuadro
[su_table]
Año de entrada en vigor ponencia de valores | Coeficiente de actualización |
1684, 1985, 1986 y 1987 | 1,13 |
1988 | 1,12 |
1989 | 1,11 |
1990, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002 | 1,10 |
2003 | 1,06 |
2006 | 0,86 |
2007 | 0,78 |
2008 | 0,71 |
2009 | 0,78 |
[/su_table]
Los factores se van a aplicar en los próximos términos:
Cuando se trate de bienes raíces valorados de conformidad con los datos obrantes en el Catastro Inmobiliario, se va a aplicar sobre el valor asignado a dichos recursos para dos mil catorce.
Cuando se trate de valores catastrales notificados en el ejercicio dos mil catorce, conseguidos de aplicación de Comunicaciones de valores parciales aprobados en el mentado ejercicio, se va a aplicar sobre tales valores.
Cuando se trate de bienes raíces que hubiesen sufrido perturbaciones de sus peculiaridades de conformidad con los datos obrantes en el Catastro Inmobiliario, sin que dichas alteraciones hubiesen tenido eficiencia, el factor se va a aplicar sobre el valor asignado a semejantes inmuebles, en razón de las nuevas circunstancias, por la Dirección General del Catastro, con aplicación de los módulos que hubiesen servido de base para la fijación de los valores catastrales del resto de los bienes raíces del ayuntamiento.
En dos mil quince el plazo del que dispondrán los Municipios, perjudicados por procedimientos de valoración colectiva de carácter general que deban surtir efectos el 1 de enero de dos mil dieciseis, para aprobar los modelos de impuesto del Impuesto sobre Recursos Inmuebles (IBI), se amplía hasta el treinta y uno de julio de dos mil quince.
Se extensa, del mismo modo, hasta el treinta y uno de julio de dos mil quince el plazo para la aprobación y publicación de las comunicaciones de valores totales.
Con lo que se refiere a las tasas, se actualizan, con carácter general, al 1 por ciento los modelos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, salvo las tasas que se hayan creado o bien actualizado particularmente por reglas dictadas en el año dos mil catorce. Las tasas exigibles por la Jefatura Central de Tráfico se ajustarán, una vez aplicado el factor previamente indicado, al múltiplo de diez céntimos de euro (0,10€) inmediato superior, salvo cuando el importe a ajustar sea múltiplo de diez céntimos de euro (0,10€).
Se sostienen la cuantía de la tasa de regularización catastral y las clases y cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte, lance o bien azar, en los importes exigibles a lo largo de dos mil catorce. Se sostiene con carácter general la cuantificación de los factores precisos para determinar el importe de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico. De igual modo, se sostienen als cuantías de la tasa de aproximación y de las posibilidades patrimoniales de carácter público aeroportuarias, en los importes exigibles en dos mil catorce.
Se establecen las bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del navío, del pasaje y de la mercadería, como los factores correctores de aplicación a las mentadas tasas del navío, del pasaje y de la mercadería.
Por otro lado, se sostienen para dos mil quince las cuantías básicas de las tasas portuarias en los importes exigibles en dos mil catorce.
Interés legal del dinero y de demora para 2015: quedan respectivamente establecidos en el tres con cincuenta por ciento (en dos mil catorce, el cuatro por ciento ) y en el cuatro,375 por ciento (en dos mil catorce, el cinco por ciento ) hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce.
Determinación del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para dos mil quince. Sostiene exactamente las mismas cuantías fijadas para el año dos mil catorce que son las siguientes:
IPREM diario: diecisiete con setenta y cinco euros IPREM mensual: quinientos treinta y 2 con cincuenta y uno euros IPREM anual: 6.390,13 euros En los presuntos en que la referencia al sueldo mínimo interprofesional ha sido reemplazada por la referencia al IPREM, la cuantía anual del IPREM va a ser de 7.445,14 euros cuando las pertinentes reglas se refieran al sueldo mínimo interprofesional en cómputo anual, a menos que de manera expresa excluyesen las pagas extraordinarias; en un caso así, la cuantía va a ser de 6.390,13€.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o bien aclaración que puedan tener a este respecto.
CSF Consulting Abogados y Economistas,